Incertidumbre en Asunción Mita luego de que el Gobierno desconociera la consulta municipal
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El municipio de Asunción Mita se suma a la lista de los que mantienen conflicto con proyectos mineros. Su población, por mayoría, rechazó hace dos semanas la operación a cielo abierto de la empresa Cerro Blanco, en una montaña ubicada a unos siete kilómetros del casco municipal, donde la compañía espera realizar operaciones durante los próximos 14 años.


De la alegría a la incertidumbre. Así están los pobladores de Asunción Mita, Jutiapa. El domingo 18 de septiembre se celebró una consulta municipal sobre la operación a cielo abierto de la mina Cerro Blanco.

La mina es propiedad de Elevar Resources, cuya casa matriz es la canadiense Bluestone Resources. Esta mina ha operado en Asunción Mita desde 2007, de forma subterránea. Pero en diciembre de 2021, Elevar Resources hizo una petición formal para convertirse en una mina a cielo abierto.

Para ello, presentó una actualización de su estudio de impacto ambiental de 2007, con las nuevas especificaciones.

Una mina a cielo abierto tiene la característica de que para encontrar el mineral precioso se remueve el terreno donde se encuentra el yacimiento, en este caso parte del cerro Blanco. Para ello se pueden utilizar productos químicos muy contaminantes y se utiliza gran cantidad de agua, de afluentes cercanos o del subsuelo, para limpiar el material y extraer el oro y la plata. 

La población mostró inconformidad ante la petición de Elevar Resources, porque para lograr la extracción de los 2.6 millones de onzas de oro previstas por la empresa, deberá bombear agua del subsuelo, a razón de 4 mil galones de agua por minuto. 

De estos, luego se verterán en la quebrada El Tempisque, un afluente del río Lempa en El Salvador, 1,500 litros que contendrán metales pesados. Según Elevar Resources, este sería el procedimiento que ellos realizarían. 

Así, en mayo de este año, los vecinos decidieron promover una consulta municipal. El  artículo 64 del Código Municipal expone que «los vecinos tienen el derecho de solicitar al Concejo Municipal la celebración de consultas cuando se refiera a asuntos de carácter general que afectan a todos los vecinos del municipio».

Según la ley, la solicitud debía contar, al menos, con la firma del 10% de los vecinos empadronados en el municipio.

Para presentar la petición, los habitantes de Asunción Mita tuvieron el acompañamiento social de la organización ambientalista Madre Selva y de la iglesia católica local

El Código Municipal explica que los resultados de la consulta serán vinculantes si al menos el 20% de los vecinos empadronados participa en la consulta y «si la mayoría vota favorablemente el asunto consultado».

Tanto en la petición como en la consulta, la comunidad sobrepasó la cantidad de personas empadronadas que se requerían. Según datos del portal del Tribunal Supremo Electoral, en Asunción Mita hay 30,465 personas empadronadas y el 27.9% acudió a ejercer su derecho al voto.

A la pregunta «¿está usted de acuerdo con la instalación y operación de proyectos de minería metálica en cualquiera de sus modalidades y que impacten en los recursos y ambientes naturales en el municipio de Asunción Mita, departamento de Jutiapa?», 7,481 personas respondieron «no». Esto supone el 87.9% de las 8,503 personas que fueron a votar.

Otras 904 personas se mostraron a favor del proyecto extractivo. Hubo 105 votos nulos y 13 en blanco. 

La noche del domingo 18 de septiembre hubo celebración en el parque central de Asunción Mita. Pobladores y líderes comunitarios quemaron cohetillos y gritaban con júbilo. De inmediato se inundaron las redes sociales con mensajes de alegría y reconocimiento a la decisión comunitaria y muchos decían que eran «un ejemplo a seguir».

Pero al día siguiente, tanto el Ministerio de Energía y Minas (MEM) como Elevar Resources se pronunciarían en rechazo a la consulta, ambos mediante comunicados en sus redes sociales. La primera en hacerlo fue la entidad minera, que aseguró que hubo una manipulación hacia los pobladores.

Señalan ilegalidades

«Grupos anti mineros formaron una comisión para organizar una consulta de vecinos que, ante la opinión pública, retrató injustamente a las futuras actividades mineras dentro de los límites municipales. Durante el proceso de consulta se observaron varias actividades sesgadas e ilegales», se lee en el comunicado..

A través del mismo documento, la empresa citó a Bob Gill, director gerente de la corporación: «Este proceso de consulta es claramente ilegal y está lleno de irregularidades. Estamos decepcionados con las acciones de estos grupos que utilizan referendos sesgados para crear dudas e incertidumbre en torno a proyectos de minería responsable como Cerro Blanco».

Energía y Minas también habló de «ilegalidad» en su comunicado y se respaldó en el artículo 125 de la Constitución —que menciona que el Estado propiciará las condiciones para explotar recursos naturales no renovables—, y en el 34 de la Ley del Organismo Ejecutivo y el 2 de la Ley de Minería —ambos sobre las funciones y competencias del MEM—, para indicar que «la celebración del referido evento no fue un proceso avalado por este ministerio, al considerar que el mismo carece de fundamento legal».

El MEM también argumenta que el artículo 64 del Código Municipal no puede ser aplicado, porque «los proyectos de extracción minera tienen un área de influencia claramente delimitada». 

«De esa cuenta, es imposible afirmar que cualquier autorización emanada por el MEM sea un asunto de carácter general que afecte a todos los vecinos de Asunción Mita», asegura, y en consecuencia concluye que hubo una «extralimitación de funciones por parte del Concejo Municipal».

¿Ahora qué?

«Los vecinos han hablado y están diciendo “no queremos mina” y eso abre la puerta para ser escuchados. Cumplieron con los requisitos y no pueden desoírlos», asegura Oswaldo Samayoa, abogado del Centro de Estudios de Guatemala.

Samayoa considera que «hay un conflicto en la Constitución en este momento. Por un lado, el artículo 125 establece la necesidad de la explotación de los bienes no renovables, y por otro el 253 establece la autonomía municipal».

Esto significa que «tanto el MEM tiene razón en decir que la consulta no es vinculante para otorgar licencias mineras, pero también la determinación municipal sobre sus territorios en otorgamiento de licencias de construcción y uso de suelos», añade el abogado. Con ello, la intervención de la Corte de Constitucionalidad (CC) será trascendental, confirma Samayoa.

La Comisión para la Consulta Municipal debía entregar los resultados al Concejo Municipal, el cual tendría que conocerlos, avalarlos y publicarlos en el Diario Oficial, según el abogado Samayoa.

Antes de que se completaran estos procesos, el Diario de Centroamérica publicó el lunes 26 una resolución de la CC en la cual deja sin efecto, de forma provisional, tres artículos del Reglamento de la Consulta Municipal, que se refieren a la jurisdicción municipal para hacer consultas, a que la autoridad para hacer la consulta era la municipalidad y no una comisión y que la consulta es vinculante para la municipalidad. 

Ahora, se corrió audiencia para los próximos quince días a todas las partes involucradas en el caso, y luego de esto, la corte emitirá una resolución definitiva.  

En los días previos al referendo y al finalizar el proceso, René Guardado, el alcalde de Asunción Mita, indicó que avalaba la consulta por el hecho de que la población había cumplido con los procedimientos que manda el Código Municipal. Fáctica trató de consultarle vía telefónica acerca de los pronunciamientos del MEM y la empresa y de la resolución de la CC, pero no atendió las llamadas.


Fotografía de portada: Colectivo MadreSelva

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