El 15 de junio de 2022, la Corte Suprema de Justicia de Guatemala (CSJ) informó que había dado trámite a una solicitud de antejuicio presentada contra el juez Miguel Ángel …
El 15 de junio de 2022, la Corte Suprema de Justicia de Guatemala (CSJ) informó que había dado trámite a una solicitud de antejuicio presentada contra el juez Miguel Ángel Gálvez, titular del Juzgado de Mayor Riesgo B.

Según el comunicado de la CSJ, los magistrados admitieron para trámite una solicitud de antejuicio planteada por la Fundación Contra el Terrorismo (FCT), una organización considerada de ultraderecha, que ha sido sancionada por la Procuraduría de Derechos Humanos por sus mensajes de odio e intimidación.
El señalamiento: el uso de la prisión provisional
El juez Miguel Ángel Gálvez ha conocido casos emblemáticos en Guatemala, como La Línea, Cooptación del Estado, el Genocidio Ixil, Sepur Zarco y actualmente el Diario Militar, en el que militares y exagentes policiales son acusados por la detención, tortura, desaparición forzada, asesinato y violencia sexual de al menos 195 personas durante el gobierno de facto de Óscar Humberto Mejía Víctores.
Gálvez ha enviado a la fase de debate a nueve militares y exfuncionarios militares por este caso. El juez todavía debe determinar si otros cinco sindicados deben enfrentar juicio.
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A través de sus redes sociales, Ricardo Méndez Ruiz, presidente de la Fundación contra el Terrorismo, ha cuestionado las actuaciones del juez Gálvez. El 6 de mayo, el día de la resolución del juez en el caso Diario Militar, Méndez Ruiz publicó un tuit en el que aseguró que era “el turno” de Gálvez y que la Fundación Contra el Terrorismo se haría cargo.
En entrevista telefónica con Ocote, Méndez Ruiz aseguró que presentó la querella y solicitud de antejuicio ante la CSJ en contra de Gálvez el 11 de mayo de 2022. Indicó que esta es la única denuncia que ha planteado contra el juez este año y niega que ésta tenga que ver con la resolución del caso Diario Militar. Según dijo, es una casualidad el hecho de que la presentara cinco días después de que Gálvez enviara a juicio a nueve implicados en el caso.
En la denuncia, Méndez Ruiz argumenta que desde hace años, el juez ha enviado a prisión a varias personas antes de que se celebrase o de que concluyera su audiencia de primera declaración. En la audiencia de primera declaración se decide si una persona es ligada a proceso —y se dicta alguna medida como la prisión preventiva o el arresto domiciliar— o si se declara falta de mérito y queda en libertad. Según la Constitución, esta audiencia debería realizarse en un plazo que no exceda las 24 horas después de la captura de una persona.
El presidente de la FCT explica en la denuncia que Gálvez ha utilizado la figura de “prisión provisional” que, asegura, no existe en la legislación guatemalteca. Méndez Ruiz cita un estudio del Centro de Investigaciones Económicas y Nacionales (CIEN) titulado La prisión preventiva en Guatemala. El documento expone que, según el Código Procesal Penal, la única figura legal que permite recluir a una persona antes de tener una sentencia es la “prisión preventiva”.
El estudio del CIEN indica que en 2015, “bajo el liderazgo del juez Miguel Ángel Gálvez, titular del Juzgado B de Mayor Riesgo de Guatemala, se ordenó prisión provisional para los sindicados en el caso La Línea y se les envió a un centro de detención preventiva” antes de que rindieran su primera declaración.
El documento también expone tres situaciones en las que, de forma recurrente, se ha observado el uso de la “prisión provisional”: cuando la audiencia de primera declaración “no se puede realizar en un solo día, por la cantidad elevada de imputados”; cuando “no se puede realizar de inmediato porque los sindicados vienen de diferentes partes del país y deben ser trasladados primero al juzgado de la capital” o cuando “no se puede realizar porque no hay disponibilidad del juzgado competente por tener otra audiencias agendadas”.
Según Méndez Ruiz, el juez Gálvez ha utilizado la “prisión provisional” en varias ocasiones. Un ejemplo de esto, dice, fue el caso del expresidente Otto Pérez Molina, quien estuvo bajo “prisión provisional” mientras se realizaba su audiencia de primera declaración en el caso La Línea.
El estudio del CIEN menciona también otros procesos donde asegura que se utilizó esta figura, como el caso Cooptación del Estado, Corrupción en Quetzaltenango y Manipulación de Justicia. Los dos últimas causas judiciales estuvieron a cargo de otros jueces.
Según el estudio, el término “prisión provisional” se había usado como sinónimo de “prisión preventiva”. La prisión preventiva es una medida que los jueces pueden ordenar luego de que una persona es ligada a proceso penal, es decir, después de que se celebra su audiencia de primera declaración.
Los autores del documento —Corinne Dedik y Walter Menchú— aseguran que en 2015, el concepto de prisión provisional “adquiere un nuevo significado: se refiere al tiempo que un sindicado guarda prisión después de ser arrestado hasta que termina su audiencia de primera declaración y el juez emite el auto de procesamiento y el auto de prisión preventiva”.
Por este motivo, en la denuncia Méndez Ruiz asegura que Gálvez cometió los delitos de abuso de autoridad, incumplimiento de deberes, prevaricato y detenciones ilegales en forma continuada. Además, anuncia en la solicitud de antejuicio su “pretensión de constituirse como querellante adhesivo cuando sea el momento procesal oportuno”.
Esta no es la primera denuncia presentada contra Gálvez en los últimos meses. El abogado Eddy Herrera, defensor de Jacobo Salán Sánchez — acusado en el caso Diario Militar— también ha presentado una denuncia contra el juez por no resolver varias peticiones realizadas durante el proceso.
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Corinne Dedik explica a Ocote que hay que tomar en cuenta que, aunque la Constitución establece que la audiencia de primera declaración debe realizarse en menos de 24 horas, en la práctica eso es casi imposible.
La especialista en temas penales afirma que los juzgados de primera instancia penal están saturados de casos y eso impide que las audiencias de primera declaración se celebren de inmediato. Por esa razón, los jueces se ven obligados a enviar a las personas a prisión provisional mientras se libera su agenda.
Dedik explica que esto también sucede en los casos en los que hay decenas de sindicados: “Aunque la audiencia de primera declaración empezara de inmediato, 24 horas seguidas no alcanzan para terminarla, porque se debe escuchar a cada persona, a cada defensor…”.
Para la especialista, la prisión provisional es un problema sistémico del Organismo Judicial, por la falta de capacidad y de recursos. También es una consecuencia de la ausencia de legislación o de reglamentos que establezcan qué hacer con los detenidos que no pueden ser escuchados de inmediato en una audiencia de primera declaración.
Considera que no se trata de una responsabilidad exclusiva del juez a cargo de realizar las audiencias de primera declaración de los detenidos.
“Esto empezó a visibilizarse con los casos de corrupción, pero lamentablemente ocurría desde antes, antes de los casos mediáticos, y no solo en la ciudad, sino en los departamentos”, dice Dedik.
Se consultó al CIEN sobre el uso de su estudio como argumento para denunciar a Gálvez. En una respuesta institucional, el centro expresó que sus informes son “públicos y de uso general”. “En el caso de la prisión provisional, se ha recomendado ya varias veces buscar una solución a esta problemática, evaluando cambios en la base legal y ajustes a la infraestructura, para contar con espacios adecuados de uso exclusivo -para los detenidos- en lo que termina la audiencia de la primera declaración”, indicó el CIEN.
El juez desprotegido
“La CSJ en vez de protegerme por las amenazas, me desprotegió con el antejuicio”, dice Gálvez. El juez fue notificado del trámite el miércoles 22 de junio.
Gálvez se refiere a que, después de los ataques en redes sociales, el 17 de mayo de 2022 solicitó protección a la CSJ. A través de un memorial, pidió a los magistrados que se pronunciaran sobre las amenazas que había recibido en su contra.
Según el juez, la CSJ únicamente envió a personal del departamento de seguridad para que hiciera un análisis de riesgo. “Se amenazó a un juez de primera instancia a quien se está limitando su independencia judicial”, señala Gálvez.
Ocote consultó a la CSJ, a través de su vocero Rudy Esquivel, si los magistrados se pronunciarían o tomarían otra acción sobre lo solicitado por Gálvez. El funcionario dijo que haría la consulta, pero hasta la publicación de este texto no había respondido.
Sobre el uso de la prisión provisional por el que es señalado, el juez afirma que es una medida que se ha dictado debido a la complejidad de los casos que se conocen en los juzgados de mayor riesgo y porque comúnmente, como menciona Dedik, se trata de procesos en los que hay varios sindicados, como en La Línea y Cooptación del Estado.
Eso, explica Gálvez, hace que sea imposible cumplir con el plazo de 24 horas que establece la Constitución para celebrar la audiencia de primera declaración.
Además, añade que ha dictado esta medida de prisión provisional tanto para que las personas no abandonen el proceso penal, como para resguardar su integridad.
Gálvez asegura que como juez de primera instancia ha tratado de buscar soluciones a este problema. Por ejemplo, explica que en 2017 trabajó junto a Delia Dávila, magistrada de la CSJ, un proyecto de Ley para Procesos de Tramitación Compleja.
Este proyecto, indica, surgió a partir del caso Cooptación del Estado, en el que se celebró una audiencia de primera declaración con 53 implicados que duró tres meses. La propuesta busca ampliar el plazo para realizar la audiencia de primera declaración en este tipo de casos.
La CSJ tendría que conocer este proyecto, para analizar si lo presenta ante el Congreso de la República. Ocote trató de comunicarse con la magistrada Delia Dávila para conocer en qué fase está la propuesta, pero no respondió las llamadas ni los mensajes. La magistrada se encuentra suspendida de sus funciones por problemas de salud.
También se consultó a Rudy Esquivel, vocero de la CSJ, y a los magistrados José Antonio Pineda Barales y Josué Baquiax, que han integrado la Cámara Penal con Dávila, pero hasta la fecha de publicación de este texto no habían brindado la información.
“Una persecución sistemática“
Zoel Franco, coordinador del Programa Privación de Libertad y Poder Punitivo del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales de Guatemala (IECCP), confirma que la “prisión provisional” no está regulada en el Código Procesal Penal. Sin embargo, al igual que Dedik, asegura que se ha utilizado por otros jueces y no únicamente por Gálvez, debido a la carga de trabajo que tienen todos los juzgados.
“Ahora es evidente, porque hay un grupo que se siente agredido por este tipo de prisión provisional”, dice Franco. El especialista agrega que la CSJ debería implementar políticas para lograr que las audiencias de primera declaración sean celebradas con celeridad por los juzgados.
Ocote consultó a la CSJ, por medio de su vocero Rudy Esquivel, si la Corte se ha pronunciado o ha tomado alguna acción para agilizar estos tiempos y que las personas sean atendidas en su primera declaración de manera inmediata, con el fin de evitar que vayan a prisión mientras se resuelve la diligencia judicial. Además, se le preguntó si el Organismo Judicial contaba con cifras de las personas que han sido enviadas a prisión mientras ha durado su primera declaración. El portavoz dijo que haría las consultas, pero hasta la publicación de este artículo no se había recibido respuesta.
La misma solicitud fue realizada a través de la Unidad de Información Pública del Organismo Judicial que, según la ley, debe responder en un plazo de 10 días hábiles.
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En el estudio del CIEN citado en la solicitud de antejuicio se menciona un caso que no fue conocido en un inicio por el juez Gálvez. También se incluye otro caso que estaba asignado a Claudette Domínguez, titular del Juzgado de Mayor Riesgo A, y uno más que fue conocido por María del Carmen López Zamora, jueza de Quetzaltenango.
El primero es el proceso contra el exfiscal Rony López, condenado por desviar las investigaciones de un caso. El exfuncionario fue detenido el 16 de febrero de 2018 y fue ligado a proceso penal el 18 de junio de ese año. En esos 122 días, mientras no se celebraba su audiencia de primera declaración, estuvo en prisión.
El atraso se originó por diferentes recursos legales, entre estos una recusación contra la jueza Claudette Domínguez, que conocía en un principio el expediente y que luego fue trasladado al juzgado de Gálvez.
En este mismo caso, la oficina del Procurador de los Derechos Humanos estableció a través de una resolución que se había violado “la dignidad, el debido proceso y la libertad” del exfiscal, al no realizarse su audiencia de primera declaración, y recomendó que se liberara inmediatamente.
El segundo caso mencionado en el estudio es el de Luis Carlos de León Zea, exdirector del Sistema Penitenciario, que fue capturado el 3 de agosto de 2017 por el asesinato de Byron Lima y fue ligado a proceso penal el 23 de noviembre de ese año, por el delito de incumplimiento de deberes. Pasó 112 días en prisión antes de que se celebrase la audiencia de primera declaración. El caso también fue conocido por la jueza Domínguez.
El tercer caso citado por el estudio es el del exalcalde de Quetzaltenango, Jorge Barrientos Pellecer, conocido como “Mito”, que fue capturado el 11 de septiembre del 2018 y estuvo 70 días en prisión mientras se resolvía su audiencia de primera declaración. Su caso fue conocido en un inicio por la jueza López Zamora y luego fue trasladado a la jueza Abelina Toscano.
Alejandro Rodríguez, abogado de Impunity Watch, afirma que el hecho de que en el antejuicio se citen otros casos que no fueron conocidos por Gálvez y que únicamente se haya procedido contra él, demuestra que se trata de una resolución eminentemente política. “Estos otros casos deberían atribuírselos a otros jueces y no pasó, solo se está criminalizando a Gálvez”, dijo.
Rodríguez califica de arbitrario el trámite del antejuicio y como un grave atentado a la independencia judicial, pues la CSJ no se pronunció sobre los otros jueces que han usado la medida de prisión provisional.
Para Zoel Franco, del IECCP, el trasfondo de la solicitud de antejuicio contra Gálvez es la persecución sistemática contra los operadores de justicia que han conocido casos donde se involucra a políticos, funcionarios y militares. El especialista considera que con esta estrategia también se busca retirar a los jueces independientes de sus cargos y colocar a otros operadores que respondan a intereses políticos.
Un ejemplo de esto, explica, es la persecución en contra de Erika Aifán, extitular del Juzgado de Mayor Riesgo D, hoy en el exilio después de denunciar amenazas; y contra Pablo Xitumul, presidente del Tribunal de Sentencia de Mayor Riesgo C, que fue suspendido de su cargo luego de que perdiera la inmunidad.
Aifán era la jueza contralora de una investigación en la que un testigo señaló al presidente Alejandro Giammattei de haber financiado su campaña electoral con sobornos provenientes de empresas constructoras. Xitumul presidió el tribunal que condenó a 15 años de prisión a la exvicepresidenta Roxana Baldetti por el fraude de la limpieza del lago de Amatitlán y también formó parte del tribunal que condenó a José Efraín Ríos Montt por el genocidio ixil en 2013.
Ramón Cadena, abogado de derechos humanos y exdirector de la Comisión Internacional de Juristas en Centroamérica, comparte la opinión de Franco y asegura que los jueces y los fiscales perseguidos tienen en común el hecho de haber alcanzado al poder en Guatemala: a los militares, los políticos y los empresarios.
Cadena considera que “el antejuicio es una venganza por los casos que ha conocido y por eso buscan meterlo preso”. “Eso significaría terminar con uno de los jueces que ha hecho justicia imparcial e independiente en el país, un juez que ha impartido justicia en los casos de la lucha contra la corrupción y la justicia transicional”, asegura.
Para el abogado, esta solicitud de antejuicio tiene como objetivo tener el control total del poder judicial, y es parte de una persecución contra jueces y fiscales independientes que empezó desde que la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) salió del país, en 2019.
Zoel Franco agrega que retirarle la inmunidad a Gálvez implicaría que lo suspendieran de su cargo, aunque no se inicie un proceso penal en su contra, igual que ocurrió con Xitumul.
En esa ocasión, la CSJ argumentó que suspendía a Xitumul de su cargo basándose en el artículo 31 de la Ley de la Carrera Judicial, que establece que “la suspensión se produce como consecuencia de resoluciones adoptadas en procesos penales o en procedimientos disciplinarios”.
“Resulta preocupante que autoridades judiciales, encargadas de salvaguardar la independencia judicial, den entrada a una estrategia de persecución y acoso en contra de operadores judiciales”, expresó la Asociación Guatemalteca de Jueces por la Integridad (AGJI) a través de un comunicado publicado el 16 de junio tras el comunicado de la CSJ.
La AGJI criticó que el antejuicio contra el juez se da como respuesta a decisiones judiciales que ha tomado Gálvez y afirmó que con esto se busca “intimidar y alterar el curso de la justicia en Guatemala”. La asociación también considera que el proceso de antejuicio contra el juez Gálvez es el “resultado” de las amenazas y el hostigamiento del que ha sido víctima en las últimas semanas.
“El hecho de que se ataque a un juez de manera infundada es preocupante para todo aquel juez que ejerce su función de manera independiente, que no obedece a grupos de poder. Causa zozobra en los jueces que ante una decisión que tomen se les pueda criminalizar”, afirma Dinora Martínez, presidenta de la AGJI.
Martínez explica que no debería perseguirse penalmente a los jueces por sus decisiones judiciales, pues existen mecanismos para que los sindicados impugnen las resoluciones con las que estén inconformes. “Creemos que estos ataques injustificados son medios de presión para los jueces independientes y pueden ser una forma de debilitar su función jurisdiccional”, dice Martínez.
El paso a paso del antejuicio
La CSJ informó que había designado como jueza pesquisidora del antejuicio a la vocal segunda de la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal. La magistrada es Zonia de La Paz Santizo Corleto, quien fue elegida al azar a través de un sistema digital que utiliza la Cámara de Amparos y Antejuicios.
Santizo Corleto debe realizar audiencias para conocer los señalamientos de la Fundación Contra el Terrorismo y las pruebas de descargo de Miguel Ángel Gálvez. Luego de eso, la magistrada debe enviar un dictamen a la CSJ en el que recomendará si es necesario o no retirar la inmunidad al juez.
La jueza tiene un plazo de 60 días para entregar su dictamen, de acuerdo con el artículo 19 de la Ley en Materia de Antejuicio.
Los magistrados de la CSJ se tendrán que reunir de nuevo para votar y decidir si le quitan a Gálvez la inmunidad que tiene como juez. De hacerlo, Gálvez podría ser investigado por el Ministerio Público, e incluso capturado o citado para rendir primera declaración.
La sala que integra Santizo Corleto fue la que en mayo de 2018 anuló el fallo con el que la jueza Érika Aifán había enviado a juicio Igor Bitkov, condenado por utilizar una red dedicada a falsificar documentos de identidad. La sala argumentó que la jueza Aifán no había cumplido una sentencia de la Corte de Constitucionalidad.
En julio de 2018, esta sala también confirmó el cierre provisional del proceso penal contra Williams Mansilla, exministro de la Defensa entre 2015 y 2017, que había sido señalado de autorizar un bono militar para el expresidente Jimmy Morales. La sala ratificó la resolución de la jueza Judith Secaida, que había argumentado que el Ministerio Público debía investigar más a profundidad el caso.
Santizo también fue la jueza pesquisidora del antejuicio contra el exdiputado Luis Rabbé y la exdiputada Nineth Montenegro. La magistrada recomendó retirar la inmunidad a los entonces parlamentarios.
Santizo votó a favor de quitarle la inmunidad al exalcalde Álvaro Arzú. Pero los votos en contra de sus dos compañeros —Jaime Amílcar González Dávila y Beyla Adaly Xiomara Estrada Barrientos— liberaron de una investigación al exfuncionario.
¿Quiénes ordenaron darle trámite a la solicitud de antejuicio?
El pleno de magistrados de la CSJ que conoció la solicitud de antejuicio contra Gálvez fue integrado por 13 magistrados.
Según explicó a Ocote Rudy Esquivel, vocero del Organismo Judicial, 12 votaron a favor de darle trámite a la solicitud de antejuicio: Nery Oswaldo Medina Méndez, Vitalina Orellana y Orellana, Josué Felipe Baquiax, Sergio Pineda Castañeda, José Antonio Pineda Barales, Manuel Duarte Barrera, Anabella Esmeralda Cardona Cámbara, Carlos Rodemiro Lucero, Rafael Morales Solares, Jaime Amilcar González Dávila, Harold Estuardo Ortiz Pérez, Noé Adalberto Ventura Loyo. La única que votó en contra fue la magistrada María Eugenia Morales Aceña.
Medina, Orellana, Baquiax, Pineda Castañeda y Pineda Barales han sido magistrados de la CSJ desde noviembre de 2014. Su periodo finalizaba en octubre de 2019, pero hasta ahora el Congreso ha aplazado la elección de sus reemplazos. Los cinco, junto con el magistrado Manuel Duarte, fueron señalados por la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI), cuando era liderada por el exfiscal Juan Francisco Sandoval, de haber negociado la elección de magistrados de salas de apelaciones para el periodo 2019-2024.
Estos magistrados enfrentaron una solicitud de antejuicio por los delitos de tráfico de influencias, violación a la Constitución y asociación ilícita. Pero esta fue rechazada por la CSJ en septiembre de 2021.
Para Zoel Franco, del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales, los magistrados de la CSJ se han mantenido en sus puestos y desde estos han realizado una gestión opaca y emitido resoluciones cuestionables.
“Por ejemplo, han rechazado los antejuicios que se han presentado contra Jimmy Morales y contra el diputado Felipe Alejos, que han sido acusados en casos de corrupción, pero le retiraron el derecho de antejuicio por ejemplo a Xitumul”, dice.
El abogado Ramón Cadena opina que el hecho de que los magistrados que resolvieron en contra de Gálvez sean los mismos que están señalados en el caso Comisiones paralelas, en el que se descubrieron negociaciones para controlar las cortes, demuestra que la persecución contra jueces y fiscales es un plan orquestado.
“Es una Corte que se mantiene en el poder y que no ha respetado los plazos constitucionales —de cinco años—. Es una Corte que está persiguiendo a los jueces honestos”, afirma Cadenas.
En su voto razonado, Morales Aceña rechazó el antejuicio contra Gálvez porque consideró que se presentó por razones “espurias e ilegítimas”. La magistrada afirmó en la resolución que la solicitud debió declararse sin lugar porque no fue presentada por la persona que habría sido afectada por los supuestos delitos.
También enfatizó en que la denuncia estaba sustentada con el estudio del CIEN y notas periodísticas, lo que consideró que no era suficiente para su admisión.
Las otras acciones de la FCT
A través de su cuenta de Twitter, Ricardo Méndez Ruiz, presidente de la Fundación contra el Terrorismo ha criticado sistemáticamente a operadores de justicia como Thelma Aldana o Juan Francisco Sandoval.
Méndez Ruiz fue incluido en la lista Engel del Departamento de Estado de Estados Unidos, integrada por personas que han sido señaladas como aliadas de la corrupción. Entre estas personas también figuran María Consuelo Porras, la actual Fiscal General, y Néster Vásquez Pimentel, magistrado de la Corte de Constitucionalidad.
Esta no es la primera vez que la Fundación Contra el Terrorismo se involucra en procesos contra operadores y exoperadores de justicia.
En el proceso penal contra Virginia Laparra, la exjefa de la Fiscalía Especial Contra la Impunidad en Quetzaltenango, la FCT es querellante. Virginia Laparra es acusada de abuso de autoridad por unas denuncias administrativas que presentó contra el juez Lesther Castellanos Rodas.
Una semana antes de que la CSJ le diera trámite al antejuicio contra Gálvez, se dio a conocer un caso que está en investigación en contra Claudia Paz y Paz, exfiscal general y de Elena Sut, agente fiscal de la Fiscalía de sección de derechos humanos del Ministerio Público.
La dos fueron denunciadas por la Oficina Nacional contra la Prevención de la Tortura, de la que Lesther Castellanos, el juez que denunció a Laparra, es relator.
La institución señala a Paz y Paz de abuso de autoridad, tortura, usurpación de atribuciones y simulación de delito por la “persecución penal específica y selectiva” de los militares Manuel Benedicto Lucas García, Raúl Dehesa Oliva, Carlos Augusto Garavito Morán, César Augusto Cabrera Mejía, José Antonio Vásquez García, Byron Humberto Barrientos Díaz, César Augusto Ruíz Morales y Juan Ovalle Salazar. Todos fueron señalados de delitos cometidos durante el conflicto armado interno.
Imagen de portada: Simone Dalmasso, Plaza Pública.
