La iniciativa 6818 (o Ley de Aguas) llegó al Congreso de la República. Fue presentada por un grupo de diputados el 3 de agosto, conocida por el pleno y remitida …
La iniciativa 6818 (o Ley de Aguas) llegó al Congreso de la República. Fue presentada por un grupo de diputados el 3 de agosto, conocida por el pleno y remitida a la Comisión de Ambiente y Recursos Naturales, donde debe continuar su discusión. Y justo, la discusión ya inició debido al rechazo de varios sectores a los planteamientos de la propuesta.
Esta presentación no llegó al C ongreso respaldada por toda la sociedad civil, considera Nydia Medina, integrante del Pacto por el Agua, una articulación de organizaciones sociales. Esto debido a que, según ella, el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN) no dió a conocer el contenido previamente.
Previo a la presentación, la propuesta fue construida mediante un proceso impulsado por el MARN con distintos sectores. La institución visitó distintos territorios, donde realizó diálogos con sociedad civil, autoridades indígenas y la agroindustria de cada lugar.
En esos diálogos identificaron las principales problemáticas y necesidades relacionadas con el acceso al agua que vive el país.
Medina considera que los diálogos territoriales fueron un acierto, pero el documento final no refleja las necesidades expuestas. «Lamentablemente no se tradujeron las demandas más sentidas de la población en cuanto a acceso, protección y regulación del uso del agua. Particularmente por empresas mineras, hidroeléctricas o agroindustriales», denuncia.
Un derecho humano
El objetivo de la iniciativa es normar, ordenar, administrar y planificar el uso, aprovechamiento, goce y protección de las aguas como bienes de dominio público, en función del interés social y del bien común.
En el Título II, la propuesta reconoce el acceso al agua como un derecho humano y responsabiliza al Estado, a través del Organismo Ejecutivo, las municipalidad y otras entidades, para que garanticen que el recurso se encuentre en condiciones óptimas para el consumo de la población, sin discrimación.
En un país donde el 52 % de la población consume agua contaminada con heces fecales, la iniciativa también responsabiliza a las municipalidades por la prestación de servicios de agua y saneamiento.
Esto no es nuevo, ya el Código Municipal lo establece, sin embargo, una investigación conducida por Human Rights Watch en 2021, revelaba que Guatemala contaba con 672 plantas de tratamiento de aguas residuales municipales en funcionamiento y 269 plantas municipales no operativas. Eso representa el 29%.
La nueva autoridad
La propuesta de ley crea a la Superintendencia Nacional del Agua como la entidad responsable de dirigir, articular y coordinar las acciones relacionadas con el agua mediante instrumentos normativos, de política, planificación y presupuesto.
Entre sus funciones se encuentra adoptar medidas para conservar el recurso y manejar el Sistema Nacional de Información del Agua, el cual incluye el Inventario Nacional del Agua, el Inventario de Fuentes y Usos, y el Registro de Pozos.
La Superintendencia se integra por instancias del Estado, debido a que constitucionalmente el agua es de dominio público. Sin embargo, «para los pueblos indígenas la arquitectura de poder del Estado ha sido racista y excluyente, por lo que puede perpetuar esa exclusión y racismo», advierte Udiel Miranda, director de la asociación Comisión Paz y Ecología (Copae) con sede en San Marcos.
Nydia Medina considera que la Superintendencia sería «una estructura más, que no representa un cambio de lo que ya se tiene. No implica equilibrio en la toma de decisiones desde la participación de los territorios porque centra todo en el Ejecutivo a través de un directorio».
Facultades de la Superintendencia
Esta nueva instancia sería la responsable de extender las licencias de aprovechamiento especial del recurso en todo el país. Serían permisos para que personas o empresas utilicen el agua como insumo para procesos de producción de bienes y servicios con beneficio económico directo. Estos, según la iniciativa de ley, «en ningún caso podrán limitar el ejercicio del derecho humano al agua, ni el ejercicio del uso común o de los usos tradicionales contemplados en la presente ley».
Miranda valora de manera positiva que especifique los diferentes usos del agua, pues «el aprovechamiento especial es importante para el desarrollo del país». Sin embargo, considera una debilidad que el papel de las autoridades indígenas, sea únicamente consultivo, por medio de un consejo.
Medina también advierte que estos permisosdeberían contar con licencias ambientales y sociales. Es decir, con autorizaciones emitidas por el MARN y las comunidades del área de impacto de la intervención.
Respeto a los pueblos indígenas
Un hito para los pueblos indígenas en esta iniciativa es la certeza jurídica de los sistemas colectivos y comunitarios de gestión y administración del agua, así como los proyectos comunitarios de cuidado de las fuentes de agua y el bosque asociado. Proyectos de este tipo existen en todo el país entre los pueblos maya, garífuna y xinka.
También plantea el reconocimiento de la jurisdicción indígena para resolver conflictos comunitarios relacionados con el agua. Los fallos emitidos por las autoridades tradicionales en sus comunidades tendrán la misma validez jurídica que las dictadas por el Tribunal Administrativo del Agua o cualquier otro órgano estatal.
En Guatemala, los proyectos hidroeléctricos y mineros han traído conflictividad social. En Alta Verapaz, por ejemplo, el líder q’eqchi’ Bernardo Caal fue criminalizado y permaneció cuatro años en prisión por la defensa del río Cahabón.
La iniciativa de ley también reconoce el derecho a defender el agua. Ordena la obligatoriedad de la consulta previa, informada y de buena fe para proyectos de gran impacto, como hidroeléctricas, minería o trasvases de agua que afecten territorios indígenas. Un aspecto determinante es que, si tras la consulta no se llega a un acuerdo o consentimiento, el proyecto no podrá ser autorizado.
«Valoro el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas y la dimensión espiritual, cultural y material con el agua, aunque todavía (estén) muy tutelados por la autoridad estatal», afirma Miranda.
Futuro incierto
No es la primera vez que una iniciativa de Ley de Aguas llega al Congreso de la República. Desde 1985, al menos otras 13han sido conocidas y archivadas por dicha institución.
Por ello, Udiel Miranda asegura que la actual«es una propuesta analógica de todas las demás iniciativas. Contiene demandas hasta donde la Constitución permite de todos los actores, sectores de los pueblos maya, xinka, garífuna y ladino/mestizo».
Su aprobación, considera el líder comunitario, dependerá de la presión que los distintos actores y sectores ejerzan hacia los diputados. «Ojalá la iniciativa sea parte del contenido de la contienda electoral», agrega.
Diez días después de la presentación de la iniciativa, el Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (CACIF) envió cartas a los diputados de la Comisión de Ambiente para reunirse y coordinar nuevas mesas técnicas para su discusión.
Nydia Medina, asegura que la iniciativa carece de controles y sanciones para quienes contaminan fuentes hídricas con residuos peligrosos para la vida, como metales pesados.
«Nos preocupa la probabilidad de aprobación a la manera en que actúan diputadas y diputados que responden a intereses particulares. Esperamos que se abra el debate a los diversos sectores de la sociedad y no exclusivamente al sector privado», finaliza.




