Falso: Tabla de gradación no le da «más puntos a la inexperiencia», sino que no excluye candidaturas

La Comisión de Postulación para Fiscal General modificó su tabla de gradación luego de acciones legales por denuncias nacionales e internacionales de que el diseño inicial contradecía los requisitos constitucionales al violar los principios de igualdad y proporcionalidad y con ello se excluía a aspirantes más jóvenes. Sin embargo, cuentas anónimas en redes sociales publicaron que se estaba premiando «la inexperiencia» y «la ineptitud».

La Comisión de Postulación para Fiscal General del Ministerio Público (MP) modificó el 26 de febrero la tabla de gradación que había sido señalada de violentar los principios de igualdad …

Patricia Gámez, secretaria y Claudia Paredes, presidenta de la Comision de Postulacion para fiscal general 2026

La Comisión de Postulación para Fiscal General del Ministerio Público (MP) modificó el 26 de febrero la tabla de gradación que había sido señalada de violentar los principios de igualdad y proporcionalidad al no tomar en cuenta los primeros diez años de carrera de abogados y abogadas que se postularon. Esto luego de que, horas antes, la Corte de Constitucionalidad (CC) le pidiera un informe sobre las razones por las cuales la comisión había hecho tal exclusión.

Por ello, cuentas anónimas en redes sociales empezaron a difundir que cambiar la calificación en la tabla significaba elegir a personas «incompetentes» o que le daba puntos a la «falta de experiencia». Sin embargo, esta afirmación es falsa.

La tabla de gradación fue aprobada por la postuladora el pasado 10 de febrero. Este instrumento técnico, utilizado internacionalmente para evaluar aspirantes, otorgaba en este caso un punteo a tres aspectos: La formación académica, la experiencia profesional y la proyección humana. 

La calificación en discordia

Dentro de la experiencia profesional, se evalúa la experiencia y conocimiento en administración pública o privada, las entrevistas realizadas a los candidatos y el ejercicio profesional.

Al ejercicio profesional se le había otorgado una ponderación de 50 puntos, pero realizando la suma a partir del undécimo primer año. O sea que los primeros diez años de ejercicio de cualquier candidato no tenían ningún valor. 

Esto le daba desventaja a una persona que tuviera 15 años en la profesión en comparación con quien tuviera 25 o 30, por ejemplo.   

Como resultado, era matemáticamente imposible que cualquier candidato con menos de 23 años de ejercicio profesional pudiese ingresar a la nómina. 

Esto porque para ser elegible, la persona aspirante debía alcanzar al menos 75 puntos. Incluso teniendo una ponderación perfecta en el resto de aspectos evaluados, no podría llegar al mínimo requerido. 

Ahora, con la modificación, la postuladora calificará el ejercicio profesional desde el año uno, sumando dos puntos por año de experiencia. 

La discriminación por edad

Un informe de la organización Impunity Watch publicado el 25 de febrero analizaba las deficiencias en los instrumentos de evaluación de la comisión postuladora.

«Esto dejaba fuera la evaluación de los primeros 10 años de ejercicio profesional que establece la Constitución como requisito para ser fiscal general», alertaba Impunity Watch.

La Constitución de la República en su artículo 251 establece quiénes pueden optar al cargo de fiscal general y en el artículo 216 define iguales requisitos que los de un magistrado de la Corte Suprema de Justicia (CSJ). Esto incluye haber sido magistrado de apelaciones o ejercido como abogado por más de diez años. 

Según Impunity Watch, con el anterior criterio de la postuladora se excluía a las candidaturas más jóvenes y se contradecía la Constitución.

«Aunque la experiencia profesional es un criterio legítimo, el diseño adoptado en la tabla de gradación generaba una desventaja desproporcionada basada en la antigüedad del aspirante, sin tomar en consideración la calidad del ejercicio», explica el informe.

La Comisión de Postulación modificó el requisito con los votos de 12 de los 13 integrantes. Votó en contra Claudia Paredes, presidenta de la CSJ. Foto: OJ

Alejandro Barrillas, coordinador del área jurídica de Impunity Watch explica a Agencia Ocote la problemática. 

«Esa tabla estaba realizada de manera indebida. Había una discriminación que no valoraba los primeros años de experiencia. Por ejemplo: personas que han tenido 19 años de ejercicio no iban a llegar al nivel mínimo de puntos», explica. 

«Vimos con mucha preocupación que (la tabla) parecía estar inclinada a beneficiar a candidatos de mayor edad como Consuelo Porras, quien tiene más años de experiencia, pero totalmente deficiente en su desempeño».

Porras está sancionada internacionalmente, y también existen estudios que demuestran el deterioro del Ministerio Público bajo su gestión como fiscal general. 

Para Barillas, «la simple acumulación de años no garantiza ni la capacidad ni la idoneidad para tener el puesto», otro requisito de los cargos según la Constitución.

El amparo que permitió el cambio

Los abogados Edgar Ortiz, Gregorio Saavedra y Juan Rodolfo Pérez fueron quienes presentaron la acción de amparo ante la CC por la tabla de gradación. 

Según Ortiz, la comisión «acababa de cambiar los requisitos constitucionales para ser fiscal, porque nadie que tenga 10 años de ejercicio podía ser fiscal. Era matemáticamente imposible». 

Cómputo cronológico de los puntos por ejercicio profesional presentado en el amparo de Ortiz, Saavedra y Pérez. 

Ortiz además razona que la tabla atentaba contra el derecho a un trato igualitario. «Este es un ejemplo muy burdo, pero no pueden decir aquí participan los de 60 años y no los de 40». 

«Eso no se puede hacer a menos que haya razones justificadas, como que la Constitución diga en su artículo 216 que para ser fiscal hay que tener 40 años. Pero la comisión no puede discriminar por edad».

Fue por este amparo que la CC solicitó un informe en un plazo de 12 horas a la comisión para explicar la exclusión. Horas después de la resolución, la postuladora optó por cambiar la tabla de gradación. 

La decisión fue por 12 votos contra 1, el de la presidenta de la Comisión y presidenta de la CSJ, Claudia Paredes

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