El número del DPI (CUI) oficialmente es el mismo que el NIT

La SAT emitió una resolución en la que el número del DPI es oficialmente el mismo del NIT para todos los contribuyentes existentes. Lo mismo ocurrirá a partir de ahora para quienes se registren como nuevos contribuyentes. La armonización se hará de forma progresiva, pero entró en vigencia este lunes 17 de marzo de 2025.

La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) publicó en el Diario de Centro América la resolución sobre unificar el Número de Identificación Tributaria (NIT) con el Código Único de Identificación (CUI) …

RENAP DPI y NIT son el mismo número

La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) publicó en el Diario de Centro América la resolución sobre unificar el Número de Identificación Tributaria (NIT) con el Código Único de Identificación (CUI) en todos los sistemas de la SAT.

La Resolución de Superintendencia Número SAT-DSI-393-2025 indica que a partir del 17 de marzo de 2025, los NIT de todos los contribuyentes, existentes y próximos de la SAT, serán los mismos que los CUI de todo ciudadano.

El Registro Nacional de las Personas (Renap) indica que el CUI es el número base sobre el cual la sociedad y el estado identifican a cada persona. 

Este número es asignado a cada persona cuando se inscribe su nacimiento ante el Renap. Este dato es personal e intransferible. 

Son 13 dígitos que usualmente las personas los usan para cualquier trámite como adulto y se encuentra en el DPI.

La resolución de la SAT menciona que hacer el cambio para que el NIT sea el CUI es viable.

«Se optimiza la comunicación interinstitucional entre la SAT y otras entidades del Estado», según la resolución. 

A su vez, el documento aclara que esta adopción debe hacerse de forma progresiva, según las capacidades dentro de la institución. 

El NIT y el DPI son el mismo número a partir del 17 de marzo de 2025
Artículo 1 de la Resolución de Superintendencia número SAT-DSI-393-2025.

«La adopción debe realizarse mediante una armonización informática y de forma progresiva, adaptando los sistemas de la institución para soportar la transición hacia el uso de los dígitos del CUI».

Con esto la entidad busca ir «garantizando la funcionalidad futura y la preservación de la integridad de los datos».

En el Artículo 1 de la resolución indica que esto aplicará para todos los contribuyentes. Tanto para quienes ya tienen NIT com para quienes adquieran la edad adulta. 

El CUI unificado se podrá usar ahora en: 

  • Relaciones civiles
  • Mercantiles
  • Laborales – patronales
  • Transacciones financieras
  • Notariales
  • Gestiones administrativas y judiciales

Sin embargo, ante cualquier eventualidad en el futuro cercano, la entidad menciona que «se resguardara indistintamente el NIT existente actualmente para los contribuyentes». 


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