Dos científicas sociales, Karen Ponciano y Jeraldine del Cid, intercambian ideas para una investigación conjunta. Parten de algunas ideas: la penalización del aborto aleja al Estado de ese interés por defender la vida, pues lo considera una causa y no busca soluciones. “La penalización del aborto no es el de defender la vida, sino el control de las mujeres”. Este texto surge de esas primeras charlas.
Por una coincidencia de intereses, me reúno virtualmente con Jeraldine del Cid, profesora e investigadora de FLACSO-México para hacer un esquema de un proyecto que recoja cómo se articulan las corrientes neoconservadoras en Guatemala y cuál ha sido su efecto tanto en los debates sobre género y diversidades sexogenéricas en la agenda y disputas políticas en el país.
Jeraldine del Cid dedicó su tesis doctoral al estudio de la legislación del aborto desde las políticas públicas en tres países centroamericanos: Guatemala, El Salvador y Nicaragua. Antes de enfocarnos en las continuidades y rupturas de los neoconservadurismos, sus actores y las diversas formas que han tomado en los últimos años, convenimos en conversar primero sobre cómo abordar el tema de la despenalización del aborto desde una perspectiva de política pública.
Nuestra intención es, por lo tanto, introducir el tema a través de esta primera publicación en formato de entrevista/conversación.
Karen: ¿Por qué estudiar la legislación del aborto desde las políticas públicas?
Jeraldine: Empiezo situándome en la estructura del Estado, como un ente que “ordena” a la sociedad. A partir de sus políticas, determina cómo debe darse este ordenamiento y, aunque la terminación de un embarazo puede ser una práctica que se haga por fuera de los límites del Estado, las opciones a las que las mujeres recurren están de alguna manera limitadas por lo que el Estado haya determinado, pero, sobre todo, por las consecuencias de dicha práctica.
En ese sentido, el Estado, por medio de su legislación, establece los límites de esta práctica y, por tanto, la legitimidad que pueda o no tener. Si ampliamos el análisis para comprender que este ordenamiento social va más allá de lo que se permite o lo que se persigue en función de ciertos principios, la perspectiva de políticas públicas nos orienta a considerar cuáles son los fines de la legislación y si acaso estos fines se están alcanzando. Esto nos permite saber si la legislación es efectiva o está generando más problemas sociales.
Estudiar la legislación del aborto desde las políticas públicas nos lleva a entender que, si el objetivo principal del Estado es garantizar la vida, una legislación prohibitiva que penaliza el aborto para evitar dicha práctica no logra el objetivo principal planteado, ya que, la penalización provoca clandestinidad, lo cual genera más problemas sociales que, en última instancia, va en detrimento de garantizar la vida.
Esto nos lleva a preguntarnos si el objetivo aparente de la penalización es el objetivo real. Algunos enfoques destacan cómo el Estado, con la legislación prohibitiva, legitima la exclusión y las desigualdades. No obstante, es un espacio en disputa, una entidad contingente, que puede cambiar en el tiempo para establecer, desde su misma estructura, una legitimación de libertades y derechos. En ese sentido, he estudiado este tema, desde las políticas públicas, asumiendo los procesos de despenalización como un intento por permear al Estado.
K.: Aquí habría que empezar por afinar cómo entendemos a ese Estado.
J.: Empecé a encontrarme con enfoques que plantean cómo el Estado no es monolítico. Sí es un Estado patriarcal, históricamente excluyente, sin embargo, es permeable y es contingente. ¿Por qué? Porque está hecho de personas también, lo cual supone una agencia dentro del mismo. Ciertamente se constitucionaliza esa legitimidad a través de toda una estructura que es un aparato jurídico-político, lo cual impide que de una u otra forma los cambios fluyan con más rapidez, pero también resulta que hay vida fuera del Estado. Es un ámbito de realidad limitado en muchos sentidos.
Por ello podemos observar cómo, desde la misma estructura del Estado, existen procesos que buscan reducir las desigualdades en diferentes ámbitos y tipos de derechos. Para el caso del Estado guatemalteco estos procesos no han incluido los derechos sexuales y los derechos reproductivos que, finalmente, demuestran qué tipo de “ciudadana” es deseable.
K: Lo que, por un lado, está legalmente aceptado y, por otro, está legitimado por el imaginario social.
J: Totalmente y es, además, una sujeta permitida, que se modela en las políticas de Estado. Son políticas de Estado que sí mencionan temas económicos o educativos, pero no abordan los temas relacionados con la dimensión más profunda de la autonomía: la sexualidad y la reproducción.
K: ¿Y qué espacios encontraste donde se hablara de estos temas?
J: Se habla de estos temas desde una perspectiva penal. Las políticas relacionadas con el ámbito de la sexualidad y la reproducción que sí están presentes en este Estado son más bien, políticas represivas, al punto que hay una penalización contra quienes específicamente incurran en la práctica de terminar con un embarazo.
K: Me parece interesante el tema que tocas sobre la ciudadanía porque cuando se habla de ciudadanía en general, se hace referencia a una noción bastante limitada de lo que es ciudadanía y, precisamente, las dimensiones de la vida que mencionas, la dimensión de la cotidianidad, no se incluye dentro de esa visión generalizada de ciudadanía. Se trata de una visión restringida de la ciudadanía y es importante que sopesemos qué costos ha tenido la noción más mainstream de la ciudadanía para las mujeres y para otrxs sujetxs de la diversidad también.
J: Exacto. Esta visión o esta comprensión de lo que es ser ciudadano o ciudadana en cada Estado es tremendamente fuerte, porque tienes todo un aparato de poder legitimado que determina lo que es aceptado para la vida y lo que es despreciado para la vida y, punto muy importante, para la vida de quiénes. En términos más profundos, hablar de ciudadanía implica esta percepción del sujeto que es aceptado y permitido y de qué sujeto no lo es, al cual se rechaza. Desde este aparato que, además tiene toda la legitimidad y el uso de la fuerza, se modela y no sólo se modela sin, además, se facilitan los medios de vida, porque el Estado también administra muchos de estos medios de vida. Entonces hablar de ciudadanía sin contemplar todas las dimensiones de la vida para que cada persona se auto realice en términos amplios e integrales, provoca la producción y reproducción de una realidad limitante, que lejos de permitir la autorrealización está produciendo la modelación de las personas.
K: Incluso la noción de ciudadanía se limita, en muchos casos, al derecho al voto.
J: Es el derecho al voto y participar. De esta manera se limita la visión de ciudadanía y se reprime todo aquello que sale del molde que interesa a los verdaderos propósitos del Estado, plasmados en su legislación. Como la legislación que penaliza el aborto. Si el Estado está más bien operando para controlar, genera hasta dispositivos de represión, como plantear que eres terrorista por demandar una ciudadanía más amplia.
Estamos frente a un Estado que contempla las otras dimensiones del ser humano por fuera de la “ciudadanía”. Esto conlleva a que fácilmente se desentienda de estas otras dimensiones. En el caso de las mujeres, se desentiende de igual manera, pero aquella dimensión que ha tenido que ver con nuestra autonomía y que históricamente se nos ha limitado, entonces no sólo se desentiende, sino que la atiende de una manera restrictiva. ¿Cómo? Produciendo dispositivos coercitivos de castigo en donde si te sales de lo modelado para ti como sujeta permitida, entonces se te castiga con penas de cárcel y criminalización, si hablamos del caso de Guatemala. Esto genera, además, una penalización social que también afecta las dinámicas sociales.
Nos encontramos entonces con estos dispositivos de control en los textos donde se hace la regulación de la vida y del régimen de género y queda en un texto. Estamos hablando de un texto que es una ley. Entonces no es un texto cualquiera, es un texto que produce dispositivos de control y de castigo. Enfaticemos también que el castigo es, en sí mismo, un mecanismo de control.
K: Te interrumpo para aclarar un punto y ciertos términos. Cuando estás hablando de los textos de ley, ¿qué textos de ley en Centroamérica estás comparando? Y cuando hablas del régimen de género, entiendo que encontraste similitudes en los tres países centroamericanos que analizaste en tu investigación (Guatemala, El Salvador y Nicaragua) y, por eso, tú vas encontrando un tipo particular de régimen de género porque existen, efectivamente, varios. ¿Cuáles son los países centroamericanos y los textos que analizaste para llegar a esta conclusión?
J: El mecanismo sería el siguiente, el Estado es este aparato de poder que organiza jurídica y políticamente a los sujetos permitidos y lo hace a través de sus mecanismos de legitimidad, entre ellos la ley.
Específicamente, cuando hablamos de aborto que es apenas uno de los pocos temas que están relacionados con la sexualidad y la reproducción que sí se regulan o que sí se atienden desde el Estado, se hacen en estos tres Estados que estudié en mi tesis doctoral de manera restrictiva y quedan concretados en los códigos penales. Por lo tanto, el código penal es la ley específica que en estos países está atendiendo el tema del aborto.
No lo atiende un reglamento de salud pública, como debería de ser porque se trata también de un tema de salud pública, o un reglamento de educación, por ejemplo. Se atiende como un crimen. Por tanto, no se está alcanzando el objetivo que es preservar la vida ya que atiende el problema del aborto como una causa y supone que, si lo penaliza, se terminan los abortos.
Esto no es así. La práctica continúa y, además, en condiciones de clandestinidad, provocando otros problemas públicos. En ese sentido, si el Estado quiere evitar el aborto para defender la vida, debe atender y resolver las causas que provocan el aborto como práctica. Antes de un aborto hay un embarazo no deseado, el Estado debe preguntarse qué provoca los embarazos no deseados y entonces sí generar políticas públicas orientadas a resolver problemas, no a perseguir, criminalizar y controlar.
Lo que está defendiendo no es la vida sino un régimen de género dominante que determina cómo deben ser las sujetas, cuál es la sujeta legítima y cuál es la castigable.
Entonces cuando hablamos en términos de instrumentos y textos legales en los que queda plasmado ese régimen de género que se produce y reproduce desde el Estado para modelar sujetos y sujetas, en estos casos estamos hablando de leyes, leyes que tienen carácter constitucional, que son códigos, como el código penal o el código civil. Éstas son leyes que tienen un nivel más alto que las leyes ordinarias y para poder reformarlas se pasa por un proceso todavía más complejo en tanto que constituyen los principios de lo que es aceptado en este territorio como lo legítimo y por encima de esto nada más está la Constitución. Me encuentro con que tanto en Guatemala como en El Salvador este tema también alcanza la Constitución.
El tema del territorio es importante ya que estas leyes terminan teniendo otro efecto discriminador. Afectan a mujeres pobres y no a aquellas que tienen los recursos para terminar un embarazo ya sea por la vía de la atención en salud privada, viajando fuera del territorio guatemalteco a alguna ciudad en donde sí esté legalizada la práctica o bien, acudiendo a una red de confianza, bien informada que le pueda asesorar. Estas tres opciones son muestra de cómo, la penalización, en realidad no evita la práctica. Se debe atender las causas de los embarazos no deseados.
Por eso también hablaba al principio de los límites del Estado: el Estado no lo es todo, hay vida fuera del Estado, sobre todo en países como el nuestro. Toda la vida que se escapa al control del Estado, diría que es mucho más que aquella que sí controla o que permite que no se controle, porque también hay toda una discusión sobre los Estados paralelos.
En ese sentido, si hablamos de los principios fundantes del Estado y de la identidad del Estado a partir del régimen de género tanto en Guatemala, en El Salvador como en Nicaragua, nos encontramos con un Estado que tiene un régimen de género que dice que promueve la igualdad por medio de instituciones como Ministerios de la Mujer o Secretarías de la Mujer, y no obstante, cuando de la autonomía en la sexualidad y la reproducción se trata, lo que produce es un control que le da más valor al nasciturus que a la vida y autonomía de la persona gestante.
Estamos frente a Estados que castigan y criminalizan lejos de resolver los problemas públicos y garantizar una vida digna.
Si el Estado está constituyéndose y definiendo cuáles son sus principios y si, en sus principios plantea que quiere defender la vida, lo cual es maravilloso y, por tanto, plantea que el aborto es un problema que quiere atender desde su estructura jurídico-legal, y lo atiende penalizando y criminalizando, entonces nos encontramos frente a un absurdo y frente a una contradicción.
Desde la perspectiva de políticas públicas, si tu plan como Estado es solucionar un problema o una situación no deseada y si, a partir de los principios fundantes del Estado, se supone que destacas el valor de la vida y la protección de la vida, entonces el aborto es una situación indeseada. Claro que el aborto es una situación indeseada. Sin embargo, para impedir que esto ocurra o para preservar o defender la vida como está definido en el principio constitucional, no puedes penalizar la práctica: si quieres defender la vida, penalizar no evita el aborto. Está más que demostrado que penalizar el aborto produce abortos clandestinos. Lo que está, más bien, en juego es la salud y vida de las mujeres. En la realidad, el propósito de penalizar el aborto no es el de defender la vida, sino el control de las mujeres.
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K: El control de la vida y de los cuerpos de las mujeres, para ser más precisas.
J: Exacto. Entonces si el Estado se va a autodefinir como defensor de la vida y en sus principios está que el aborto es una situación no deseada, lo que tendría que atender, desde la perspectiva de políticas públicas, son las causantes del aborto. El aborto no ocurre incidentalmente, no está fuera del causa-efecto. No es como decir que se me antoja un helado.
El aborto ocurre como consecuencia de una situación no deseada. Si el aborto es una práctica no deseada, es la consecuencia de una situación no deseada. Estado ¿quieres realmente defender la vida y te parece que el aborto es una situación no deseada? Pues penalizar produce lo mismo, sólo que peor y además en contra de la vida, porque las mujeres e, insisto, las mujeres pobres, igual van a abortar en situaciones de riesgo.
Desde la perspectiva de políticas públicas el planteamiento es ¿quieres solucionar esto? Entonces atiéndelo desde una perspectiva de políticas públicas, haz un buen diagnóstico de qué está ocasionando la situación no deseada y atiende las causas del problema, y éstas, por lo mínimo, son embarazos no deseados. El embarazo no deseado se da por una serie de situaciones que no están diagnosticadas como la violencia sexual, como la falta de educación sexual integral y como la falta de acceso a métodos anticonceptivos, por dar algunos ejemplos.
K: Me parece interesante el último argumento que planteas aquí. La penalización del aborto no soluciona nada porque además como bien decías al principio, la realidad es muy diversa y la lupa del Estado solo enfoca a determinada realidad, pero la vida como tal se escapa a esa lupa. A mí lo que me parece relevante acá es cómo dar cuenta de esta realidad. Los abortos existen. Los abortos clandestinos se cuentan por miles. Acá tenemos un problema como investigadoras: la ausencia de datos o los datos poco fiables, pero sí que hay un registro de las muertes por abortos clandestinos y de las consecuencias y enfermedades en términos de salud para las mujeres. De eso sí hay ciertas cifras. Es una realidad que no podemos obviar y es una realidad que, cuando estamos debatiendo este tema en los medios, sale poco, no se conoce. La penalización del aborto, en lugar de preservar la vida, estaría enviando a mujeres y niñas al matadero.
J: En las cifras de mortalidad materna sí se registra cuando la causa de la mortalidad materna tiene que ver con un aborto en proceso. Se tiene que practicar un legrado y en ese proceso del legrado fallecen, muchas veces por desangrado, por una hemorragia imparable. Y el dato que me encontré es que se trata del quince o veinte por ciento de la mortalidad materna.
K: Querría cerrar con lo siguiente. Me parece que al darle la vuelta al argumento del porqué excluir en el debate de políticas públicas el tema de la despenalización del aborto, muestras una gran contradicción: si el Estado que se plantea preservar la vida, penaliza el aborto, en realidad lo que está haciendo es todo lo contrario. Estoy volviendo sobre este punto porque cuando leemos en los medios de comunicación los argumentos en contra de la despenalización del aborto evacúan cualquier intento de plantear una discusión sobre el tema. Me parece que es importante que quede claro por qué sí es válido plantearlo, por qué le concierne al Estado en estos contextos y en las circunstancias actuales. Como Estado, de todas maneras, hay que plantearlo porque no está cumpliendo con su papel de garante de la vida en general.
J: Estoy de acuerdo. Además, darnos cuenta de que, muchas veces, se maneja de manera discursiva, para encubrir otro tipo de intereses. Es un desvío de atención perfecto ya que genera mucha controversia. Pero realmente debemos preguntarnos, ¿hasta cuándo el Estado va a enfocar sus decisiones en atender estos temas desde la perspectiva de políticas públicas para resolver problemas públicos de manera eficiente? Pero bueno, esta discusión da para muchas reflexiones más. Ojalá sigamos promoviendo las discusiones sobre el tema también para disolver el tabú, aclarar malentendidos, informar y aportar a las soluciones reales.
Jeraldine del Cid
Politóloga e Internacionalista guatemalteca.Doctora de Investigación en Ciencias Sociales, de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales -FLACSO-, México,
donde actualmente es investigadora y profesora en la Maestría en Políticas Públicas Comparadas y en la Maestría en Políticas Públicas y Género. Sus principales líneas de investigación son Políticas Públicas, Régimen de Género, Procesos de Construcción de Agenda y Sistemas Electorales.
Karen Ponciano
Doctora en Antropología social por la EHESS (Escuela de Altos Estudios en Ciencias Sociales)París, Francia.
Ha sido investigadora en FLACSO y AVANCSO, directora del IIHR (Instituto de Investigaciones sobre el Hecho Religioso), académica investigadora del Instituto de Investigación y Proyección sobre Diversidad Sociocultural e Interculturalidad (ILI), y co-coordinadora de la Cátedra de Género y Feminismos de la Universidad Rafael Landívar en Guatemala. Actualmente se desempeña como investigadora independiente y profesora del departamento de Antropología de la Faculdad de Ciencias Sociales de la Universidad del Valle de Guatemala.