Cualquier persona puede grabar a un policía. Sea para documentar o para denunciar
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Recibimos a través de Whatsapp un par de dudas sobre el tránsito y las acciones de las autoridades. Nos preguntaron si existe alguna prohibición para grabar a un policía nacional civil y si cualquier agente tiene derecho a registrar un vehículo. En Fáctica verificamos: la PNC sí puede registrar un vehículo, y cualquier persona puede grabar a un oficial para documentar o para denunciar.


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Han llegado al teléfono de Fáctica mensajes, a través de Whatsapp, relacionados a temas de tránsito vehicular. Que si existe alguna prohibición para grabar a un policía con el celular, que si es permitido que un policía registre un vehículo y que dónde se puede denunciar posibles conflictos entre conductores  y agentes policiales.

Pablo Castillo, vocero de la Policía Nacional Civil (PNC) explica que cuando dos agentes se conducen en un vehículo o motocicleta de la PNC, debidamente uniformados e identificados, tienen autorización legal para detener a cualquier vehículo. “Además de los puestos de control, que cuentan al menos con 10 agentes policiales, hombres y mujeres. Conos, vehículos o motos, la mayoría de veces”, agrega.

En cualquier caso, Castillo asegura que para el registro de vehículos y personas se rigen por el artículo 25 de la Constitución de la República de Guatemala, que dice que “solo podrá efectuarse por elementos de las fuerzas de seguridad cuando se establezca causa justificada para ello”. Y en palabras del vocero: “la seguridad ciudadana es una causa justificada”.

“La PMT no puede revisar ningún vehículo”, dice Amílcar Montejo, vocero de la Policía Municipal de Tránsito (PMT). “La PNC sí puede requerir revisar un automotor o un vehículo si en algún momento sospecha de alguna situación anómala”, cuenta.

Para poder revisar a la persona que conduce, un agente hombre revisará a hombres, y una agente mujere revisará a mujeres. -Aunque no hay suficientes mujeres. Castillo dice que hay 6 mil mujeres y 37 mil hombres en PNC. Por cada seis policías varones, hay una mujer. “Si una mujer necesita ser inspeccionada, los agentes deben avisar por radio para que una policía se haga presente. El vehículo sí puede registrarlo cualquiera”, agrega.

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Mientras tanto, las conductoras o conductores, tienen total libertad para documentar a través de video o fotografías, o denunciar si es que  el ciudadano lo considera necesario.

“Si el vecino quiere grabar a la autoridad puede hacerlo. La autoridad también puede grabar su procedimiento, siempre que el conductor sea mayor de edad. Deben guardar distancia de la privacidad. Lo digo para evitar intimidar, ambos, con el teléfono y que constituya un peligro”, declara Montejo, para no caer en violencia física.

Castillo agrega que aunque no exista prohibición, al grabar se vulnera la seguridad del agente policial. “La identidad de cualquier policía está en su uniforme. Los cuales son útiles por cualquier situación anómala”, explica, y recomienda que si el video es una denuncia, sea presentado ante el Ministerio Público (MP).

Rafael Curruchiche, fiscal del Ministerio Público (MP) explica que estos videos pueden ser utilizados como evidencia en investigaciones. “Si la persona hace una denuncia y presenta un video, será utilizado en la investigación. Aunque no se haga la denuncia, el Ministerio Público puede actuar de oficio si el video se encuentra en redes sociales. El MP cuenta con la Dirección de Investigaciones Criminalísticas, que monitorea las redes para buscar evidencias sobre un caso”, explica.

De existir algún inconveniente con agentes de la PMT en la Ciudad de Guatemala, Montejo recomienda llamar al 2380-1024 para denunciar. Y pone a disposición de la población sus redes sociales: Twitter/Facebook. “Para una denuncia es necesario dejar el nombre, teléfono de contacto o correo electrónico, con finalidad de abrir el proceso y entablar un canal de comunicación”, añade.

En el caso de que haya algún abuso de agentes policiales, Castillo recomienda llamar de inmediato a la Inspectoría General de la PNC: 3032-7356, con cobertura en todo el país. “Allí tomarán la denuncia y enviarán a un equipo de la Oficina de Responsabilidad Profesional (ORP) para resolver”, asegura.

Denuncia PNC

 

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