La Corte de Constitucionalidad (CC) tiene en sus manos dos amparos que buscan hacer un cambio clave en las próximas elecciones del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala. Este …
La Corte de Constitucionalidad (CC) tiene en sus manos dos amparos que buscan hacer un cambio clave en las próximas elecciones del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala.
Este miércoles 4 de febrero, los colegiados elegirán a un magistrado titular y uno suplente de la CC. Entre los colegiados hay abogados, pero también sociólogos, politólogos, internacionalistas y criminalistas, que siempre han podido participar en la votación.
Sin embargo, menos de una semana antes de las elecciones, abogados presentaron amparos en la CC y en una sala, que buscan evitar que los profesionales de carreras afines —no abogados— puedan votar.
Uno de los argumentos que esgrimen es que a los candidatos que se postulan a magistrados sí se les exige ser abogados —es uno de los requisitos establecidos en la Constitución—. Por lo tanto, los votantes también deberían serlo.
Diego Sagastume Vidaurre —uno de los abogados, vinculado a la organización Guatemala inmortal— asegura que el CANG incumple la Constitución. «Los electores deben ser colegiados activos», argumenta Sagastume, basándose en el hecho de que los magistrados también deben serlo.
La Sala Sexta de Apelaciones Civil dio trámite al amparo interpuesto por los abogados Ricardo Sagastume Morales y Diego Sagastume Vidaurre en contra de la JD del Cang por ilegalidades en la convocatoria al acto electoral del 04 de febrero de 2026 para elegir magistrados titular y… pic.twitter.com/cF8OKWaJL8
— Diego Sagastume Vidaurre (@dsagastumev) January 29, 2026
La junta directiva del CANG ya se ha pronunciado acerca de esto. En un comunicado indicaron que los intentos de exclusión vulneran los derechos de elegir, igualdad y democracia gremial.
🚨COMUNICADO pic.twitter.com/gwZa4ydwDF
— Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala (@CangGuatemala) February 1, 2026
Edgar Ortiz Romero, abogado constitucionalista electo como representante suplente del CANG ante la Comisión de Postulación del Tribunal Supremo Electoral, publicó en redes sus argumentos legales acerca de esto.
Entre ellos, mencionó que la ley no define quiénes integran la asamblea y, por lo tanto, quiénes participan en la votación: «La Ley de Amparo indica quién designa al magistrado de la CC: la Asamblea del Colegio de Abogados de Guatemala. Pero la ley no define quiénes integran esa Asamblea», señaló.
Además, hizo hincapié en que los requisitos para ser magistrado de la CC están en el artículo 151 de la Ley de Amparo. «Eso regula quién puede ser designado, no quién puede votar en la Asamblea. Son planos jurídicos distintos», aclaró.
¿Quién puede votar en las elecciones del CANG?
Según el artículo 9 de la Ley de Colegiación Profesional Obligatoria (Decreto 72-2001), la Asamblea General del CANG se integra por todos los colegiados activos, sin distinción de profesión.
El artículo 21 literal a) del mismo decreto establece que todo colegiado activo tiene derecho a voz y voto en la Asamblea General.
Esto incluye a Abogados y Notarios, licenciados en Ciencias Políticas, en Relaciones Internacionales, en Sociología, en Criminalística.
¿Quién puede ser candidato en las elecciones del CANG?
El artículo 270 de la Constitución establece los requisitos para ser magistrado de la CC: ser guatemalteco de origen, abogado colegiado, de reconocida honorabilidad, con al menos quince años de ejercicio profesional.
Esta distinción ha sido la práctica institucional del CANG durante más de 40 años.
Ante la duda de si en la Constitución, creada en 1985, los constituyentes habían tomado al CANG como un ente sólo de abogados; el constitucionalista Luis Fernando Bermejo, candidato a magistrado suplente confirmó en su perfil de X que ellos «reconocían» a los profesionales afines.
«En 1982 se colegiaron los primeros profesionales afines. Los constituyentes mencionaron al “Colegio de Abogados” en la Constitución conociendo que estos profesionales formaban parte del mismo”, según Bermejo.
En 1982 se colegiaron los primeros profesionales afines al @CangGuatemala.
— Fernando Bermejo (@BermejoGt) January 31, 2026
Los constituyentes mencionaron al "Colegio de Abogados" en la Constitución conociendo que estos profesionales formaban parte del mismo, sin excluirlos expresamente.
Curioso interés de los magistrados. https://t.co/1JPOu6k4mW





