Aumento salarial a diputados sigue hasta que el pleno lo derogue

El 25 de marzo, la Junta Directiva del Congreso suspendió el polémico aumento salarial para diputadas y diputados aprobado para este año. Esta decisión se tomó luego de la presión pública y la llegada de autoridades indígenas al Congreso. Sin embargo, suspender no es lo mismo que derogar, y el incremento podrían seguirlo cobrando el mes siguiente.

Ante la consulta a Factibot que si los diputados ya no recibirán el aumento salarial como se anunció, la respuesta es que sí pueden. Esto porque una decisión de la …

la Junta Directiva del Congreso no puede anular el aumento salarial

Ante la consulta a Factibot que si los diputados ya no recibirán el aumento salarial como se anunció, la respuesta es que sí pueden.

Esto porque una decisión de la Junta Directiva (JD) del Congreso de la República no es superior a un acuerdo del pleno de diputados, quienes le dieron vida a la variación salarial.

La JD suspendió el 25 de marzo la orden de readecuación presupuestaria para el aumento salarial de sus 160 diputados y diputadas.

Tal readecuación se hizo en enero pasado, cumpliendo con el artículo 3 del Acuerdo Legislativo 31-2024, Presupuesto de Ingresos y Egresos 2025 del Organismo Legislativo. 

Aprobado por el pleno el 26 de noviembre de 2024, el acuerdo ordena aumentar salarios y retribuciones de los diputados, para que «no fueran menores a los salarios y retribuciones de los magistrados de la Corte de Apelaciones y otros tribunales colegiados de igual categoría». 

La decisión de no continuar con el aumento fue anunciada en conferencia de prensa por el presidente del Legislativo, Nery Ramos. Junto a Ramos estaba el resto de la JD y jefes de bloque de varios partidos. 

«No ha sido una decisión fácil»

Sucedió un día después de que autoridades de los pueblos Ixil, Mam, Kaqchikel y Tz’utujil y de los 48 Cantones de Totonicapán visitaron las instalaciones del Congreso y solicitaron, sin éxito, una reunión con los legisladores. 

También ocurrió horas después de que la administración del Legislativo adelantara el pago del salario correspondiente a marzo.

«No ha sido una decisión fácil. Nos mantendremos coherentes a lo que representamos, al pueblo de Guatemala», dijo Nery Ramos durante la conferencia.

También dijo que había sido una decisión consensuada con jefes de bloque. Señaló además a varios parlamentarios a quienes llamó «hipócritas oportunistas» porque se aprovecharon de la coyuntura.

«Son los que más hablan, los que más se comunican en redes sociales, pero ese día (de la aprobación del aumento) estuvieron callados los hipócritas», afirmó Ramos.

Suspensión no equivale a derogación 

Sin embargo, la decisión de la JD no cancela el aumento salarial. Para ello, el pleno del Congreso debe conocer un nuevo acuerdo legislativo que derogue el anterior. 

Dos propuestas para derogar el acuerdo fueron presentadas el 25 de marzo.

La JD ingresó a Dirección Legislativa la propuesta de acuerdo para derogar el artículo tercero del Acuerdo 31-2024, la cual esperaban se conociera en el pleno de ese día. 

Sin embargo, al llamado general no acudió la mayoría de legisladores. se necesitaban 81 diputados para iniciar la sesión y llegaron 80.

Por aparte, diputados de Movimiento Semilla también presentaron una propuesta para derogar el artículo. También presentaron una propuesta de ley que establezca reducción de los salarios de magistrados, alcaldes y otros funcionarios con ingresos que varían entre Q70 mil y 100 mil mensuales.

Según el constitucionalista y especializado en derechos humanos, Javier Urizar, derogar el artículo que le dio vida al aumento es la única forma de anularlo. El mismo sigue vigente.

«Esa es la única opción», afirmó. También recordó que si eso no ocurre, los diputados podrían reclamarlo para el próximo mes y no hay prohibición para recibirlo. 

«Durante este mes no pasa nada, hasta que toque pagar el siguiente. (A finales de abril), en teoría, ya debería estar derogado el acuerdo».

También apuntó el profesional que «hasta que la derogación se haga efectiva, legalmente, la Junta Directiva no debería tener la facultad de suspender (lo que ordena) un acuerdo legislativo».

Kristhal Figueroa

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