«Independencia judicial» permite videoconferencias a Kevin Malouf

Kevin Malouf sindicado por la muerte y desmembramiento de su paciente Floridalma Roque, quien llegó a su clínica por una cirugía estética en 2023, asiste a las audiencias judiciales en su contra por videoconferencia, calificado como «un acto de privilegio» y que a través de nuestro chatbot se consultó por qué ocurre.

El cirujano Kevin Malouf se sienta en una banca en la prisión Mariscal Zavala, en la zona 17 de la ciudad Capital. Esto ocurre cada vez que hay audiencia en …

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El cirujano Kevin Malouf se sienta en una banca en la prisión Mariscal Zavala, en la zona 17 de la ciudad Capital. Esto ocurre cada vez que hay audiencia en el proceso y durante el juicio en su contra.

En la Torre de Tribunales, el juez Pedro Laynez dirige las audiencias. 

La parte acusadora, los querellantes adhesivos, el Ministerio Público, la defensa del acusado y demás personas, incluida la prensa, abarrotan la pequeña sala.

Malouf aparece en una pantalla, siempre con una mascarilla en el rostro. El juez Laynez le otorgó el beneficio de asistir a las audiencias por videoconferencia.

Consultado sobre la ausencia física de Malouf a las audiencias, Fredy Calderón, de Comunicación Social del Organismo Judicial (OJ), señaló que es decisión del juez.

«El juez, en su independencia judicial, tiene la potestad de llevar el proceso como la ley le permite».

Kevin Malouf (derecha) asiste a todas las audiencias por videoconferencia y sin juez que certifique su participación. Foto: Diario de Centroamérica

Calderón añade que esa «independencia judicial» está regulada en el Artículo 2 de la Ley de la Carrera Judicial.

«El ejercicio de la función jurisdiccional, los jueces y magistrados son independientes; resolverán los asuntos que conozcan con absoluta imparcialidad y están sujetos únicamente a la Constitución Política de la República, a las leyes y a los convenios internacionales ratificados por Guatemala», reza el artículo.

«No hay ley que permita ese privilegio»

El Instituto de la Víctima es querellante adhesivo en el proceso y apoya a la familia de Roque. La entidad es de la postura que, en primera instancia, debería existir presencia de un juez de pazo junto a Malouf.

«No se cumplen las formalidades de una audiencia por videoconferencia, incluyendo la presencia de un juez que de fe del acto», según uno de los abogados del Instituto de la Víctima consultado por Ocote.

Aclara que «no existe en ninguna ley nacional dar un trato privilegiado a un sindicado para no acudir a audiencias de su proceso penal».

Explica que esta acción puede ocurrir para beneficiar a la víctima, y que no tenga contacto con el o los agresores. Sin embargo, en el presente caso beneficia al agresor para no presentarse ante las partes.

Y cita las normas que protegen a la víctima:

  • La Declaración en Anticipo de Prueba, que permite a la víctima declarar ante juez previo al juicio y así evitar enfrentarse con el agresor. Ejemplo: en agresiones, extorsiones, casos de pandilleros.
  • En ciertos casos se coloque un biombo que divida la sala para que la víctima no tenga visibilidad con el agresor o la audiencia. Ejemplo en casos de abusos sexuales, casos del conflicto armado.
  • Reglamentación de la Corte Suprema de Justicia para desarrollar audiencias por videoconferencias. Esto en casos de alta peligrosidad de los acusados, pero debe tener presencia de un juez en la sala donde estén los sujetos procesales, para que la misma tenga validez.

En este último caso «excepcional», para reos de alta peligrosidad para que no salgan de las prisiones, no aplica con Malouf, según el Instituto de la Víctima.

«Aunque esta medida es idónea para evitar que los reos salgan de prisión, casi nunca se utiliza por la poca disponibilidad de salas de audiencias y jueces para poder estar en estos centros penitenciarios judicializando el acto». 

Desde el Instituto de la Víctima se reitera que «por ello, es inaudito que, en el caso del procesado Kevin Malouf, se haya dado un tratamiento de privilegio».

El Instituto de la Víctima recusó al juez, con el argumento de que se privilegia al acusado. Están pendientes de resolución.

El caso Floridalma Roque

El 13 de junio de 2023, Floridalma Roque ingresó a la clínica de Kevin Malouf, en el Edificio Europlaza de la zona 14 capitalina, para  un procedimiento estético.

Roque había llegado diez días antes a Guatemala procedente de Honduras, de donde era originaria, aunque residía en Estados Unidos.

El día de la intervención, según la investigación de la Fiscalía de Femicidio, Roque falleció en el quirófano, Malouf la cortó en pedazos y salió a tirarlos.

Al día siguiente se simuló su egreso de la clínica y ante las denuncias de familiares en Estados Unidos de que se encontraba desaparecida, Malouf emitió un comunicado desligándose.

El cirujano plástico fue detenido la noche del 28 de julio de 2023.

Malouf junto a los enfermeros Susana Rojas y Luis Castro, así como la anestesióloga Lydia Viviana Silva fueron acusados en el caso.

Condenado y luego testigo

En su declaración, el enfermero Castro ha señalado en repetidas ocasiones a Malouf por no administrar insulina a Roque en un momento de complicaciones médicas.

Además de que se opuso a su traslado de emergencia para tratar de salvarle la vida.

Castro también reveló ante el juez que Malouf simuló el egreso de Roque y el desmembramiento de su cadáver. El cuerpo fue encontrado el 5 de junio de 2024 en un terreno de San Vicente Pacaya, Escuintla.

Sentenciado el 3 de octubre de 2024 por aceptación de cargos, Castro se encuentra en libertad y es testigo contra el médico.

Sin embargo, en una audiencia del 20 de noviembre de 2024, el Juzgado Cuarto Pluripersonal de Primera Instancia Penal, cambió el delito de homicidio doloso a homicidio culposo.

Este cambio benefició a Malouf, Rojas y Silva quienes solicitaron el  procedimiento de aceptación de cargos. Las dos mujeres sí son presentadas a la sala de debates.

Susana Rojas y Lydia Silva en la Torre de Tribunales. Foto: Diario de Centroamérica

La sentencia que provocó rechazo

Malouf fue condenado el 4 de marzo pasado a 3 años y 4 meses de prisión. Silva recibió 2 años y 3 meses en grado de tentativa y Rojas 3 años por encubrimiento propio. 

Los tres recibieron el beneficio de pagar su pena en multa y salir de prisión.

También los inhabilitaron para ejercer su cargo durante 6 años y 7 meses.

No obstante, el rechazo generalizado llevó a que las partes presentaran un recurso ante la Corte de Constitucionalidad, la cual el 10 de marzo anuló la condena y señaló que deben enfrentar juicio por homicidio.

El juicio fue anulado por la CC que ordenó repetirlo por el delito de homicidio. Foto: Diario de Centroamérica

Con esta resolución, el 13 de marzo se realizó la audiencia de declaración testimonial en anticipo de prueba del enfermero Luis Castro donde nuevamente señaló la responsabilidad de Malouf en el hecho.

En esta ocasión también señaló que hay otras víctimas mortales y de lesiones de los procedimientos de Kevin Malouf. De este extremo serán las autoridades las que determinarán seguir indagando para verificar la veracidad.


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Lourdes Álvarez Nájera

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