Desde hace cientos de años, en la aldea El Sillón, se encuentra una piedra de grandes proporciones. La roca destaca en la parte alta de una montaña, entre la vegetación …
Desde hace cientos de años, en la aldea El Sillón, se encuentra una piedra de grandes proporciones. La roca destaca en la parte alta de una montaña, entre la vegetación del lugar y tiene un corte a la mitad, parece partida. Se asemeja a una silla para montar a caballo. La aldea toma su nombre de esa referencia.
Esta piedra está reconocida como un mojón; una división que limita las tierras comunales del municipio de Yupiltepeque, en el departamento Jutiapa, y la antigua hacienda El Sitio, una propiedad privada.
En ese lugar, según leyendas populares, se encuentra un tesoro oculto que varias personas han intentado encontrar.
La oralidad, como una forma de reconocer y nombrar el territorio que habitan, es fundamental para las comunidades Xinka de Yupiltepeque. No solo de esta localidad. También de otras que habitan comunidades en lo que hoy se conoce como Santa Rosa, Jutiapa y Jalapa. Esto, a lo largo de los años, lo han documentado académicas como Claudia Dary
El caso del territorio de Yupiltepeque es extraordinario. En buena medida, a través de la oralidad, se mantiene la importancia de preservar la tierra comunal, conformada por cerca del 98% del terreno de ese municipio. Esto significa que todos los habitantes son copropietarios del lugar y de los recursos naturales que existen en él.
Los copropietarios son posesionarios de la tierra que habitan. Pueden hacer sus construcciones o cultivar, pero no pueden vender o ceder la titularidad de la tierra, porque es de propiedad colectiva.
Según el Registro de la Propiedad, en 1881 se registró la finca 5475, folio 55, libro 34, Jalapa, Jutiapa (como se identificaba entonces), a nombre de la comunidad indígena de Yupiltepeque. Con una extensión estimada de unos 55.63 kilómetros cuadrados.
Para administrar esa propiedad comunal, el 29 de marzo de 1944 se aprobaron los estatutos de la comunidad indígena. La Secretaría de Gobernación y Justicia los publicó en el Diario de Centroamérica en abril de ese año.
Una junta directiva, que representa a la comunidad indígena, es la encargada de implementar estos estatutos.

La propiedad comunal también está recogida en la Constitución, que protege y garantiza que las comunidades indígenas la administren.
Con la llegada del sistema republicano, a partir de 1847, cuando se inició la conformación de los municipios y los departamentos de Guatemala, se implementaron también los gobiernos municipales. Ahí se dispuso que los alcaldes serían los encargados de la administración local. Los pobladores de la comunidad también pasaron a ser reconocidos como «vecinos».
Aunque esas modificaciones no afectaron el derecho a la propiedad comunal, en Yupiltepeque, en 2024 , el alcalde Carlos Aníbal Godoy (entonces del partido Vamos) trasladó la propiedad de la tierra comunal a nombre de la municipalidad.
Lo hizo, según denuncias de la junta directiva de la comunidad indígena, mediante un ocurso legal, y a través de 17 Consejos Comunitarios de Desarrollo, que cedieron el derecho de la propiedad en nombre de la población, sin consulta a la asamblea general ni a la junta directiva de la comunidad indígena.
La acción se logró revertir ante la Corte de Constitucionalidad en 2025. Entonces, la corte restituyó la propiedad de la tierra a la comunidad indígena de Yupiltepeque.
A criterio de la historiadora Leticia González, este proceso de defensa ha fortalecido a las comunidades y les ha brindado un sentido de agencia política desde su identidad. «Oriente tiene fama de ser una región de ladinos. Lo indígena siempre se menosprecia. Este caso demuestra que existen indígenas, que empiezan a reconocerse y recuperar su autoidentificación étnica Xinka», dice González.
Juan Arturo Cortés García es vocal I y representante legal de la junta directiva de la comunidad indígena de Yupiltepeque. En esta entrevista, explica cómo se organizan y profundiza en cómo las comunidades indígenas pueden usar el sistema legal formal para la defensa del territorio.

¿De qué manera se rige una comunidad que es administrada por la población indígena que la habita?
La comunidad indígena de Yupiltepeque se rige por sus estatutos que se implementan a través de una junta directiva, integrada por tres vocales propietarios y tres suplentes. Se eligen en asamblea de dueños y condueños —figuras que identifican a los habitantes originarios y los que se sumaron con el tiempo— para un período de dos años, que puede renovarse.
Ahora existen 17 aldeas en Yupiltepeque, ubicadas en el terreno comunal comprado a través de la cofradía de la época, que son del siglo XVII.
(Según la historiadora Leticia González, el reconocimiento de mojones en esa región fue en 1880 y el título es de 1881)
Nosotros tenemos la función de administrar ese terreno comunal y representar a la comunidad indígena. Aunque ya no hablemos el idioma Xinka, no vistamos un traje, el terreno comunal nos identifica.
Desde esa autoadministración propia de la comunidad indígena, ¿cómo se gestiona la implementación de otras leyes generales que rigen el país, por ejemplo, en el caso de conflictos o desacuerdos sobre límites de terrenos entre vecinos?
Sabemos lo que se debe hacer bien, no caer en un abusos. Que seamos pueblos indígenas tampoco nos da el derecho de hacer lo que nosotros queramos.
Tenemos nuestras leyes y los estatutos que no contravienen las leyes y son internos en el municipio. Si tomamos una mala decisión (sobre la administración comunal) hasta nos pueden criminalizar, hay que tener bastante cuidado.
Antes, hubo casos donde no se daba oportunidad de defensa, por ejemplo en caso de conflictos sobre alteración de linderos de terrenos. Pero los estatutos son claros y establecen conciliación entre otros asuntos administrativos. Buscamos que esa armonía se mantenga y mediamos para resolver el problema entre los vecinos.
No se trata de que alguien salga perdiendo ni alguien ganando. Debe prevalecer la armonía y no crear nuevos conflictos.
¿Entonces se trata de algo moral, de valores y principios sobre los que se rige esa administración, más que algo legal? ¿Una fórmula más basada en la confianza que las personas depositan en ustedes, como las personas que resolverán posibles conflictos?
Es una forma diferente de administración. Procuramos que todo sea transparente para que la comunidad indígena vea que sí hay respeto y hay confianza en las decisiones que se toman por mayoría absoluta.
A veces, por ejemplo, se cree que algún trámite (en la comunidad indígena o en otras instituciones) puede avanzar ofreciendo algo a cambio, porque existe corrupción en muchos lugares, pero nosotros en la comunidad indígena les decimos a las personas que van a gastar más en un trámite que incluya pago por corrupción, que en hacer el trámite normal.
A la fecha, ninguna persona se ha presentado a la comunidad indígena buscando desmembrar algún lote de la tierra comunal. En caso sucediera, se debe consultar a la asamblea general que decide si se autoriza o no.
Para esto tenemos establecido lo que dicen los estatutos. Cuando hay necesidad de involucrar abogados, por algún conflicto de linderos o entre vecinos, también se han dado casos. Siempre les insistimos a los abogados que llegan de otros lugares que lo primero que deben hacer es leer y revisar lo que dicen nuestros estatutos.
¿Qué implicaciones tiene esta forma de administración comunitaria frente al sistema formal de gobierno municipal de Yupiltepeque, donde existe un alcalde, síndicos, Consejos Comunitarios de Desarrollo (COCODE)…?
Detectamos que, por lo menos desde 1982, los alcaldes municipales tienen actitudes de discriminación o acoso contra la junta directiva de la comunidad indígena, por intereses políticos.
Incluso, han intentado que ya no exista, tampoco el terreno comunal. Recientemente, en 2023 empezamos una dura batalla. Nos enteramos que 17 COCODES firmaron un documento para trasladar la administración de la tierra comunal a la alcaldía.
El alcalde Carlos Aníbal Godoy (en el cargo desde 2004) también comenzó a desmembrar terrenos, unos 20, según denuncias de la comunidad indígena y esto no se puede hacer, porque Yupiltepeque es tierra comunal.
En 2020, la municipalidad también intentó (a través de una planilla de candidatos para la junta directiva de la comunidad indígena) incluir a Abner Velásquez Pérez, síndico segundo, como miembro de la junta directiva de la comunidad indígena. Esto estaba en contra de lo que establecen los estatutos (que indican que ningún funcionario puede ocupar ese cargo)
Cuál fue el proceso que siguieron para revertir la titulación a nombre de la municipalidad?
Cuando nos dimos cuenta, la municipalidad ya llevaba unos nueve meses como titular de la tierra comunal a través de un ocurso legal que tramitaron. No sabíamos nada. Fue un despojo ilegal.
Solicitamos el apoyo del Parlamento del Pueblo Xinka. A través del abogado Kelvin Jiménez logramos interponer un amparo en la Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Ramo Civil y Mercantil, en contra del ocurso.
El 11 de febrero de 2025, esa sala decretó un amparo provisional a favor de la comunidad indígena de Yupiltepeque. El 2 de abril se realizó la vista pública y toda la junta directiva de la comunidad estuvo presente. Un día después, el 4 de abril, la misma sala denegó el amparo, por lo que se presentó una apelación ante la Corte de Constitucionalidad (CC)
El 6 de noviembre la CC emitió la sentencia donde se otorgó un amparo definitivo a la comunidad indígena de Yupiltepeque.
Por lo que se restituyeron los derechos a la comunidad indígena sobre la propiedad comunal y se ordenó cancelar la inscripción a nombre de la municipalidad.

Para usted, como uno de los máximos representantes de la junta directiva de la comunidad indígena, ¿qué implicó este proceso frontal contra el alcalde municipal?
En 2024 el señor alcalde (Carlos Aníbal Godoy) intentó callarme. Me puso una denuncia, acusándome de difamación y calumnia en el Ministerio Público. Me tocó contratar abogado porque tenemos derechos, somos defensores del territorio.
Yo he confiado en Dios para que nos proteja como junta directiva. Estoy satisfecho porque se hizo justicia para Yupiltepeque, no para un grupo de personas.
Vivimos criminalización, persecución, presiones. Pero aunque nos toque ofrendar nuestra vida, pues lo hacemos en defensa de un pueblo.
Nosotros no somos financiados por ninguna organización, costeamos todo nosotros mismos. Me han ofrecido apoyo con medidas cautelares, pero por el momento no las tengo. Me limito a salir y tomo medidas de seguridad.
Nos enfrentamos con poderes que tienen dinero y todo a su alcance. Pero tenemos el respaldo de la comunidad. Nos tienen confianza y nos eligieron para un período más que termina en 2028.
(Edwin Vásquez, vocal II, propietario y representante legal de la junta directiva de la comunidad indígena de Yupiltepequequien quien acompañaba la entrevista, comenta: «Hasta nos ofrecieron sacarnos del país y darnos asilo en Europa»)
De cara al futuro, ¿qué acciones toman para garantizar los relevos generacionales, también para incluir a mujeres en este tipo de espacios comunitarios y defensa del territorio?
Estamos incluyendo a jóvenes hombres y mujeres, para que vayan aprendiendo cómo defender su territorio, por si algún día nosotros no estamos o porque ya se llegó el tiempo de entregar.
Las cosas sí se pueden hacer cuando se tiene voluntad y honestidad. No le voy a decir que tenemos un 100% de apoyo, pero tenemos un 90%.
Aunque en los estatutos no dice que debe existir una visión de mitad mujeres y mitad hombres en la junta directiva, nosotros queremos el empoderamiento de ellas. Ojalá algún día una mujer dirija la comunidad indígena.
(En la actualidad, la junta directiva de la comunidad indígena de Yupiltepeque está conformada por ocho personas: seis hombres y dos mujeres.)
Redacción: Lourdes Álvarez Nájera
Edición: Carmen Quintela
Fotos: Andrea Godínez
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