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¿Cuál es el salario mínimo en Guatemala en 2024?

Cada año en Guatemala se establece un salario mínimo. La cifra varía según la actividad económica y el territorio. Quizás te interesa conocer esta información porque inicias tu vida laboral, vas a hacer una contratación o quieres revisar que se cumpla con este derecho. Aquí puedes conocer los salarios mínimos vigentes en el 2024.

Existe un salario mínimo para el sector agrícola, otro para el no agrícola y uno más para las exportadoras y maquilas. Estas últimas personas son quienes tienen el pago más …

Existe un salario mínimo para el sector agrícola, otro para el no agrícola y uno más para las exportadoras y maquilas. Estas últimas personas son quienes tienen el pago más bajo. 

El salario mínimo también es distinto entre el departamento de Guatemala y el resto de los territorios del país.

En los últimos meses del año, el presidente es la autoridad encargada de fijar los salarios mínimos del año siguiente en Guatemala. 

En 2023, el entonces presidente Alejandro Giammattei estableció un incremento de entre el 3.6% y el 6.6%, según las cifras establecidas. Lo hizo en el Acuerdo Gubernativo 307-2023

Además, para  2024, todos los trabajadores, sin importar la actividad económica y el área geográfica, deben recibir una bonificación de Q250 que se incluye en el salario mínimo. 

Para las personas trabajadoras del sector no agrícola

En el departamento de Guatemala, el salario mínimo es de Q3,634.59 mensuales. 

En los demás departamentos es de Q3,477.82 mensuales.

Para las personas trabajadoras del sector agrícola

En el departamento de Guatemala, el salario mínimo es de Q3,516.86 mensuales

En los demás departamentos es de Q3,374.42 mensuales

Para las personas trabajadoras en las maquilas y exportadoras 

En el departamento de Guatemala, el salario mínimo es de Q3,343.01 mensuales.

En los demás departamentos el salario es el más bajo: Q3,171.90 mensuales

Cada año, el presidente, en representación del Organismo Ejecutivo, resuelve el aumento del salario mínimo de acuerdo con un dictamen de la Comisión Nacional del Salario. Este acuerdo debe tener observaciones del Banco de Guatemala y del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS). 


Créditos:

Texto: María José Longo Bautista 

Edición: Carmen Quintela 

Imagen de portada: Freepik

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María José Longo Bautista

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