Política de Anunciantes y Patrocinios

Estándares éticos para la comercialización de espacios publicitarios

Versión 1.0 · Mayo 2026 · Revisión anual: diciembre 2026 · Responsable: Desarrollo Institucional

1. Declaración de principios

Agencia Ocote es un medio de comunicación independiente comprometido con el periodismo investigativo y de profundidad, y con la cobertura de temas que otros medios no abordan con suficiente recurrencia o profundidad en Guatemala. En el marco de nuestro modelo mixto de sostenibilidad, la publicidad y los patrocinios se aceptan como una fuente complementaria de ingresos, con reglas que protegen la independencia editorial y la confianza de las audiencias.

Esta política establece los límites, procedimientos y obligaciones de transparencia que rigen toda relación comercial con anunciantes, patrocinadores y socios de medios. Su cumplimiento es obligatorio para el equipo de Desarrollo Institucional y vinculante para todos los anunciantes que operen en nuestras plataformas.

Independencia editorial

Ningún anunciante puede influir, modificar ni condicionar el contenido periodístico de Agencia Ocote.

Transparencia total

Todo contenido patrocinado o publicitario estará claramente identificado para la audiencia.

Coherencia de valores

Solo aceptamos anunciantes cuyas actividades sean compatibles con nuestra misión periodística.

Divulgación pública

Publicamos la lista de anunciantes activos en nuestra página de transparencia institucional.

2. Separación entre redacción y área comercial

Agencia Ocote mantiene una separación estricta entre la redacción y el área comercial. Esta separación —conocida en la industria como «iglesia y estado»— es la base de nuestra credibilidad ante la audiencia y ante los propios anunciantes.

  • ✓ El equipo editorial no participa en negociaciones comerciales ni conoce los términos económicos de los contratos con anunciantes.
  • ✓ El equipo de Desarrollo Institucional no puede solicitar, sugerir ni insinuar un enfoque editorial favorable a cambio de una relación comercial.
  • ✓ Ningún anunciante tendrá acceso previo al contenido editorial antes de su publicación.
  • ✓ La decisión de cubrir o no cubrir a un anunciante en la agenda informativa es exclusiva del equipo editorial.
  • ✓ Si Ocote investiga o publica contenido crítico sobre un anunciante activo, el contrato no puede suspenderse ni modificarse como represalia comercial.

3. Categorías de anunciantes aceptadas

Evaluamos cada relación comercial caso por caso. Como regla general, Agencia Ocote acepta publicidad y patrocinios de las siguientes categorías:

  • Organizaciones de la sociedad civil y ONG: con misiones alineadas a derechos humanos, cultura, medio ambiente, educación y democracia.
  • Organismos internacionales de cooperación: agencias del sistema ONU, UE, cooperantes bilaterales y agencias de desarrollo.
  • Empresas privadas de sectores compatibles: cultura, editorial, tecnología, turismo sostenible y educación, sin vínculos comprobados con corrupción o violaciones de derechos humanos.
  • Instituciones académicas y universidades: públicas y privadas con actividad legítima y reconocida.
  • Eventos y festivales culturales, literarios y de periodismo: que compartan públicos y valores con Agencia Ocote.

4. Categorías excluidas (sin excepción)

Agencia Ocote no acepta publicidad ni patrocinio de las siguientes categorías bajo ninguna circunstancia ni forma de presentación:

  • Actores políticos: partidos políticos, candidatos, campañas electorales o funcionarios públicos en ejercicio que busquen visibilidad institucional.
  • Publicidad estatal directa o gubernamental con fines de propaganda: no aceptamos pauta que busque posicionar a partidos, campañas, candidaturas, funcionarios o gestión de gobierno. Esto incluye piezas con imagen, nombre, eslogan, logotipos partidarios o mensajes orientados a reputación política.
  • Industrias de alto riesgo ético: tabaco, alcohol de consumo masivo, armas, juegos de azar, criptomonedas sin regulación verificable.
  • Empresas investigadas o sancionadas: entidades bajo investigación por corrupción, evasión fiscal, violaciones laborales o ambientales documentadas.
  • Contenido engañoso o desinformación: anunciantes que promuevan pseudociencia, teorías de conspiración o narrativas que contradicen hechos verificados.
  • Conflictos de interés activos: entidades sobre las que Agencia Ocote tenga investigaciones periodísticas activas o en planificación.
  • Empresas de seguridad privada y proveedores de vigilancia o control coercitivo.
  • Industrias extractivas o actividades con impactos ambientales severos o violaciones laborales documentadas (aunque no exista sanción formal).

✓ Excepción limitada para campañas de interés público: podemos considerar campañas informativas no partidarias y verificables, enfocadas en servicios esenciales y bienestar colectivo, como salud pública, prevención de riesgos, educación, derechos o acceso a servicios. Estas campañas no deben incluir branding personal de funcionarios o candidaturas, ni mensajes de autopromoción institucional.

En periodos electorales aplicamos un estándar más restrictivo. Priorizamos proteger la independencia y la confianza de las audiencias, por lo que la pauta estatal se evalúa con mayor cautela y puede ser rechazada aunque cumpla criterios mínimos, si existe riesgo de instrumentalización política o percepción de parcialidad.

5. Tipos de relación comercial y etiquetado obligatorio

Agencia Ocote distingue y etiqueta de forma diferenciada cada tipo de relación comercial. El etiquetado es obligatorio, público y no negociable.

Publicidad estándar

Banner, cintillo o newsletter sin vínculo editorial. Etiqueta obligatoria en todas las plataformas: «Publicidad».

Patrocinio de contenido

El anunciante financia un proyecto o sección especial. Agencia Ocote mantiene control editorial total. Etiqueta: «Patrocinado por [nombre del anunciante]».

Aliado de difusión o media partner

Alianza de co-difusión sin pago monetario. No existe transacción económica. Etiqueta: «Media partner» o «Con el apoyo de [nombre]».

Contenido producido para terceros

Contenido encargado y pagado por un tercero, producido por el equipo de Servicios Ocote. Se publica fuera del sitio editorial. Etiqueta: «Contenido producido por Agencia Ocote para [nombre]».

Regla de oro: si un lector o lectora no puede distinguir con solo mirar la página si está ante contenido editorial o contenido pagado, la identificación es insuficiente. Ante cualquier duda, la transparencia tiene prioridad.

6. Proceso de aprobación de anunciantes

Toda solicitud de pauta o patrocinio sigue el siguiente proceso documentado. Ningún anunciante puede aparecer en las plataformas de Agencia Ocote sin haber completado estas etapas:

  1. Solicitud ingresa por Desarrollo Institucional.
  2. Evaluación de coherencia de valores (3 días hábiles) a cargo de Desarrollo Institucional y con asistencia de Junta Directiva.
  3. Consulta a Dirección Editorial sobre potenciales conflictos activos.
  4. Aprobación o rechazo documentado por escrito.
  5. Firma de contrato con cláusula ética incluida.
  6. Publicación en página de transparencia de Agencia Ocote.

El proceso completo no debe superar 5 días hábiles desde la recepción de la solicitud. Agencia Ocote puede rechazar cualquier anunciante sin obligación de dar explicaciones públicas detalladas. Todo rechazo queda registrado internamente con la justificación correspondiente.

7. Cláusula ética en contratos

Todo contrato publicitario o de patrocinio firmado por Agencia Ocote incluirá obligatoriamente la siguiente cláusula, sin posibilidad de modificación ni supresión por parte del anunciante:

«El anunciante reconoce y acepta que Agencia Ocote mantiene independencia editorial plena. Esta relación comercial no otorga al anunciante ningún derecho sobre el contenido periodístico de Agencia Ocote, ni sobre la agenda editorial, ni sobre el tratamiento informativo de temas vinculados al anunciante o su sector. El incumplimiento de esta cláusula por parte del anunciante faculta a Agencia Ocote a resolver el contrato sin penalidad económica para Agencia Ocote.»

8. Transparencia y divulgación pública

Agencia Ocote publica y mantiene actualizada la siguiente información en su sitio web (sección «Transparencia»):

  • ✓ Lista de anunciantes y patrocinadores activos, con nombre del anunciante y tipo de relación comercial.
  • ✓ Lista de financiadores institucionales (donantes, fondos de cooperación, organizaciones de apoyo).
  • ✓ Esta política de anunciantes en su versión vigente, con fecha de última revisión.
  • ✓ Informe anual de distribución de ingresos por fuente (publicidad, donaciones, servicios), sin revelar montos individuales por contrato.

9. Mecanismo de quejas y denuncias

Cualquier persona —lectora, periodista, anunciante o ciudadano— puede presentar una queja si considera que esta política ha sido violada o que una relación comercial compromete la independencia editorial de Agencia Ocote.

Canal de quejas: etica@agenciaocote.com (correo dedicado exclusivamente a esta función)
Plazo de respuesta: máximo 10 días hábiles desde la recepción de la queja.
Instancia responsable: Dirección General de Agencia Ocote.
Escalamiento: si la queja involucra a la Dirección General, será resuelta por la Junta Directiva de Asociación Ocote.
Confidencialidad: las quejas pueden presentarse de forma anónima. Agencia Ocote protegerá la identidad del denunciante en todos los casos.
Registro: todas las quejas y resoluciones se registran internamente. Un resumen anual se publica en el informe de transparencia.

Referencias y bases de esta política: The Marshall Project Advertising Policy (EE.UU.) · ProPublica Code of Ethics (EE.UU.) · Declaración de Al Maitén, ALiados — Red de Periodismo Independiente Latinoamericano · Observatorio Latinoamericano de Regulación de Medios, OBSERVACOM (UNESCO) · Society of Professional Journalists Code of Ethics.

Revisión anual obligatoria en diciembre de cada año. Próxima revisión: diciembre 2026.

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