Previo a hacer tu pago puedes consultar el monto según tu vehículo y si tienes multas de tránsito. Dos datos debes tener siempre en mente: el número de la placa …
Previo a hacer tu pago puedes consultar el monto según tu vehículo y si tienes multas de tránsito. Dos datos debes tener siempre en mente: el número de la placa y el DPI de la persona propietaria del vehículo.
Recuerda que el sistema no deja hacer el pago del impuesto si se tienen multas pendientes. Si por alguna circunstancia, el sistema permitiera la gestión, no permitirá imprimir la calcomanía hasta que se haya saldado el compromiso.
Hechas las consultas del caso, el procedimiento para pagar el Impuesto de Circulación de Vehículos en Guatemala es el siguiente:
- Ingresar al portal Declaraguate de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) y en el apartado 5. VEHÍCULOS llenar el formulario SAT-4091 (Vehículos Circulación).
- Tras llenarlo se debe generar la Boleta SAT-2000.
- Luego de eso se tienen dos opciones de pago: en línea y en ventanilla de una agencia bancaria. Aquí puedes consultar los bancos y las formas de pago que aceptan.
- Hecho el pago, puedes obtener tu calcomanía de circulación en este enlace. Te descargará el documento en PDF, el cual debes imprimir.
- También debes imprimir la tarjeta de circulación actualizada, a través de tu agencia virtual. Ahí buscas en «Vehículos propios» y te aparece la opción.
Si tu vehículo es de modelo 2018 o más reciente, o si a partir de ese año hiciste un traspaso o activación del vehículo, tu tarjeta de circulación es electrónica y debe ser impresa cada año.
Si tu vehículo es de modelo anterior y no le has realizado ninguna gestión posterior a 2018 ante la SAT y cuentas con la tarjeta física (verde o azul) no es necesario renovarla a electrónica hasta que se te pierda o deteriore.
Tanto la calcomanía como la tarjeta de circulación debes portarlas en físico por si la autoridad de tránsito te los solicita en algún retén.
Según la Ley de Tránsito, no portar la calcomanía y la tarjeta de circulación es motivo de multa y hasta el decomiso del vehículo.
Ampliación del plazo para 2024
En Guatemala, el Impuesto de Circulación de Vehículos se rige por el Decreto 70-94. El artículo 29 establece que la fecha de pago, cada año, es entre el uno de enero al treinta y uno de julio.
Sin embargo, debido a las condiciones económicas que han prevalecido en los últimos meses, para el pago de la calcomanía 2024, el Congreso de la República aprobó el Decreto 13-2024, ley temporal que autoriza la ampliación del plazo del pago hasta el 30 de septiembre.
Se amplía el plazo para el pago del impuesto de circulación de vehículos terrestres hasta el 30 de septiembre de 2024. 🚙 pic.twitter.com/TMXlERBPMd
— Gobierno Guatemala (@GuatemalaGob) July 8, 2024
El decreto fue ratificado por el presidente Bernardo Arévalo y publicado en el Diario Oficial el 8 de julio, entrando en vigencia de inmediato. Con esto, los propietarios de vehículos tienen dos meses más para pagar el impuesto.
Fotografía de portada: Stock Canva