A Fáctibot llegó la consulta sobre si es legal que se instalen túmulos en las carreteras del país. Estos reductores de velocidad, si no cumplen con normas técnicas, son un …
En resumen:
- En Guatemala existe una ley que prohíbe colocar túmulos sin autorización de la Dirección General de Caminos en carreteras.
- Mal ubicados o sin señalización, la mayoría de los túmulos incumplen con normas técnicas y representan un riesgo para los conductores.
- Las comunidades o municipalidades los construyen como «una solución» para proteger a sus vecinos del nulo control estatal en las carreteras.
A Fáctibot llegó la consulta sobre si es legal que se instalen túmulos en las carreteras del país. Estos reductores de velocidad, si no cumplen con normas técnicas, son un peligro para los conductores. Pero además son ilegales según el Decreto 08-2014.
Su instalación suele correr por cuenta de comunidades organizadas o de municipalidades como una «solución local» al no tener una respuesta de las autoridades del Gobierno central a la problemática de la velocidad en carreteras.
Sin embargo, la Ley para la circulación por carreteras libre de cualquier tipo de obstáculos (Decreto 08-2014) prohíbe «la colocación de túmulos, talanqueras, garitas, toneles o cualquier otro obstáculo».
Esto sobre la cinta asfáltica y terracería de las carreteras que se encuentran a cargo del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV).
Problema sin control
En 2014, el año de la creación de la ley, el CIV contabilizaba unos 3,785 túmulos que debía retirar. Pero al recorrer las carreteras se evidencia que muchos siguen ahí.
En la actualidad, el CIV no tiene un recuento, según una petición de información al Departamento de Comunicación. En un documento que data del Gobierno anterior se evidencia que Quiché era el departamento que más denuncias tenía: 241 túmulos en sus carreteras principales.

Sin embargo, la norma también establece que pueden colocarse toda vez que se tenga autorización de la Dirección General de Caminos. Esta los autorizará si se cumplen normas técnicas para su colocación.
Las multas por colocar estos reductores de velocidad sin autorización van desde los Q1,000 a los Q5,000.
«Analizar el problema»
Según Luis Castillo, subdirector de Investigación de la Universidad Rafael Landívar en Quetzaltenango, el problema debe verse desde dos perspectivas.
Desde las condiciones de viabilidad y de la perspectiva de los peatones y las comunidades.
«Los túmulos son reductores de velocidad. Cuando están bien ubicados y señalizados, van a aportar seguridad a los peatones», afirma.
Lo que sucede en Guatemala, explica Castillo, «es que por la desorganización y descoordinación no se cumplen las normas técnicas».
Según las Especificaciones técnicas de COVIAL, estos deben construirse en «casos excepcionales en los que se requiere obligar al conductor a reducir la velocidad del vehículo hasta casi detenerlo».
Para esto, según la normativa, se pintan franjas diagonales de color amarillo con pintura de tráfico de 60 centímetros de ancho. Deben ser inclinadas a 45 grados, abarcando el ancho total del túmulo más 50 centímetros de cada lado. Esta es una norma para que sea visible a la distancia.

Solución rápida, ilegal y dañina
Castillo explica que desde la perspectiva de las comunidades, los túmulos son «la única medida para evitar que sean atropellados». Ejemplifica que normalmente es alrededor de las colonias donde los construyen.
«La gente termina construyendo lo que puede», afirma.
Pero también reconoce que «son una medida rápida y económica que regularmente no tienen autorización del CIV o de las municipalidades cuando son vías urbanas».
Asegura que el peligro por la velocidad se reduce al instante de la construcción. «A fuerza (los pilotos) tienen que frenar y bajar la velocidad».
Pero cuando no están señalizados o construidos como corresponde, «pueden provocar accidentes, generar daños a los vehículos o incluso choques», finaliza.
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