En agosto de 2026, algo inusual sucedió en el Congreso de la República. Dos iniciativas de ley que buscan regular la gestión del agua en el país se presentaron casi …
En agosto de 2026, algo inusual sucedió en el Congreso de la República. Dos iniciativas de ley que buscan regular la gestión del agua en el país se presentaron casi al mismo tiempo.
La primera iniciativa de ley, presentada el 3 de agosto (6816), fue construida por el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN) en lo que llamaron «Proceso Nacional del Agua», una serie de diálogos que la institución calificó de «participativos».
La segunda iniciativa de ley, presentada el 25 de agosto (6834), fue impulsada por la bancada de la Unión Nacional de la Esperanza (UNE).
Luis Fernando Paiz Lemus, abogado e investigador del Instituto de Investigación en Ciencias Socio Humanistas (Icesh) de la Universidad Rafael Landívar, en entrevista con Agencia Ocote explica las similitudes y diferencias de ambas iniciativas de ley de aguas.
También profundiza en el papel del sector privado en las entidades de regulación que las propuestas plantean; y señala a los actores políticos que actúan a favor —o en contra— de su aprobación en el Congreso.
En agosto se presentaron dos iniciativas de ley de aguas ante el Congreso de la República. La 6816, construida por el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN); y la 6834, presentada por la bancada UNE. ¿Cómo resumiría estas propuestas?
Para resumirlo, en una (la 6816) se muestra que hay todo un trabajo previo, profundo y a detalle; en la otra (6834) es un trabajo más «a la carrera» o sin una integralidad en el desarrollo de la iniciativa.
En la propuesta del Ejecutivo se ve integralidad en el planteamiento y que ha tomado en consideración muchos puntos de vista adicionales a lo que ellos propiamente podrían establecer.
Mientras tanto, la iniciativa de la UNE se queda bastante corta en detallar algunos temas que claramente son de gran preocupación, como el derecho de los pueblos indígenas, la autogestión colectiva, comunitaria y otras.
¿Cuáles considera que son las principales diferencias de las dos iniciativas de ley?
Primero, no se puede ignorar desde el punto de vista jurídico, constitucional y de derechos humanos, el hecho de que la iniciativa del Ejecutivo sí nombra propiamente el derecho humano al agua. Además, el derecho a defender el derecho humano al agua.
Número dos, estas dos iniciativas proponen una institucionalidad nueva. Me parece que es la vía necesaria. La gestión del agua sí debe tener una institución propia, independiente, autónoma y descentralizada en los términos que la Constitución señala.
Pero la integración (en cada propuesta) llama la atención. En la de la UNE está el sector privado y las municipalidades en la toma de decisiones y en la otra no existe esa injerencia directa, pero sí como un cuerpo asesor.
Un tercer punto, es el tema de derechos adquiridos. Es algo que va a dar mucho de qué hablar en caso de que se apruebe, porque puede dar lugar a que el sector agroindustrial reclame derechos sobre ciertos recursos específicos.
Y en esto hay una diferencia elemental: la iniciativa del Ejecutivo sí contempla procesos para validar esos derechos adquiridos y también reconoce derechos adquiridos respecto a los pueblos originarios; la de la UNE no.
Otra diferencia es que la propuesta del Ejecutivo divide entre el uso común del agua —que es para fines domésticos, subsistencia y la agricultura familiar— y para usos especiales, que es para aquellas personas individuales o jurídicas que utilizan el agua para un fin comercial. Esa diferenciación es importante porque tiene licencias: cuánta agua sí puedo usar, cuánta debo gestionar en lo que estoy haciendo y demás.
¿Cómo buscan estas iniciativas resolver los conflictos relacionados con la gestión y el uso del agua?
Algo que me llama mucho la atención es que la propuesta del Ejecutivo crea tribunales administrativos del agua. Esto muestra que existe voluntad de entender que el agua es un derecho humano que está mal gestionado, que hay caos alrededor, que está privatizado de facto, que crea conflictividad y que todo eso debe ser observado por la institucionalidad del Estado.
La iniciativa de la UNE también trata de gestionar estos problemas, pero a través de una mediación y no desarrolla la institucionalidad que va a tener esa mediación.
La iniciativa del Ejecutivo sí desarrolla una amplia gama de supuestos, de infracciones administrativas y las separa en «no muy graves», «graves», «muy graves» y demás. La de la UNE no hace esa distinción, la hace un poco más general.
En todo ese desarrollo, uno va observando que, en efecto, hay una iniciativa que ha cumplido todo un proceso de consultas y se nota en el texto; y otra, que viene más a la carta o con ciertos intereses más concretos.
Algo que me parece un avance increíble en la del Ejecutivo es que habla de una consulta a las comunidades respecto al agua y ciertos proyectos; y hace que esa consulta sea vinculante, algo que ni siquiera toca la iniciativa de la UNE.
Sobre la iniciativa 6816 se ha dicho por sectores como Justicia Ya y la Comisión Plurinacional por el Agua que es una ley corporativa. ¿Cuál es su evaluación sobre esta afirmación?
Le podemos hacer muchas críticas (a la iniciativa de ley), pero sí existe un intento muy fuerte por tratar de integrar las diferentes visiones y los diferentes intereses.
No todos van a quedar contentos. No todos van a estar con sus intereses intactos. Tanto las comunidades como el sector privado —y como el mismo Estado—, van a tener que ceder en ciertos puntos.
Yo no quisiera que creamos que va a haber una iniciativa de ley perfecta. La iniciativa perfecta para un grupo no va a ser perfecta para el país, porque el país no solo es de un grupo. Entonces, yo no me atrevería a llamarla corporativa del todo realmente.
Después será un desafío para el país ver cómo se va desarrollando en el tiempo, pero lo que ya no podemos seguir es con esta incertidumbre, con la privatización de facto, con los grupos de poder utilizando el agua a su antojo.
Ambas iniciativas plantean la creación de instituciones dedicadas a regular el agua en el país. La Superintendencia Nacional del Agua, en el caso de la 6816 y el Consejo Nacional del Agua, en la 6834. ¿Cuál es su análisis sobre las funciones de cada una y sus alcances?
Realmente las funciones son bastante similares en general. El tema es la gestión, el orden, la distribución, la estructuración de los sistemas del agua.
En la iniciativa del Ejecutivo sí se nota una institucionalidad más sólida que pretende abordar muchos más temas, porque el hecho de que hayan cuatro intendencias, derivado de las cuatro vertientes que existen en el país, ya muestra un interés de poner una atención específica en la institucionalidad de territorios específicos.
(En el artículo 117, la iniciativa de ley 6816 establece la creación de cuatro intendencias: Intendencia de Planificación y Gestión del Recurso Hídrico; de Regulación, Licencias y Control; de Calidad del Agua y Vertidos; y Territoriales (o de Cuencas). Dichas entidades forman parte de la estructura de la Superintendencia Nacional del Agua)
En la iniciativa de la UNE eso no pasa. La veo un poquito más corporativista en ese sentido y más «al grano» de establecer un directorio y «después vemos» qué direcciones y cómo las integraremos. No se habla en términos de una entidad que de verdad vaya a estar a nivel nacional.
La iniciativa de la UNE, incluso establece fórmulas para determinar el pago del agua y demás.
No sé si sea lo mejor amarrarnos a un texto legislativo para establecer una fórmula porque después, quizás, descubramos que existe una mejor manera de determinar el pago del agua.
Y eso es lo que destaco: los dos parten del hecho de que sí debemos pagar por el agua en ciertos puntos, en proporcionalidad con ciertos parámetros.
Precisamente la iniciativa de ley 6816 plantea la creación de licencias de aprovechamiento especial del agua y de cánones de pago. La 6834, por su parte, propone cuotas por la gestión hídrica. ¿Cómo evalúa esa regulación?
Desde la perspectiva legal, me parece adecuado que en el marco del derecho al agua y de la gestión del agua se establezcan los parámetros para pagar este servicio. Lo que no considero prudente es que en la iniciativa de la UNE se establezcan ya las fórmulas porque puede ser que eso se vaya modificando.
Por otro lado, me parece muy interesante lo que plantea la iniciativa del Ejecutivo de hacer un pago de canon proporcional, a través de los de los años: el primer año será el 10% y después va aumentando hasta llegar al 100% del pago del canon.
Me parece importante que eso se establezca en la legislación porque tenemos que entrar en esa obligación ciudadana. Tenemos que estar conscientes que hay que pagar por ciertos servicios y el agua es uno de ellos, tomando siempre en consideración el derecho humano al agua y que eso debe ser diferenciado y los impactos deben ser distintos.
Pero lo veo positivo en ambos sentidos. Pareciera tener más coherencia que sea un pago proporcional que va creciendo conforme los años a partir de las dinámicas que que existen en la ley, que eso lo marca el Ejecutivo.
Justo como usted lo menciona, cada iniciativa también designa representantes que participarán en estas instituciones. No obstante, la 6834, solo designa a autoridades públicas (como ministerios, el Instituto Nacional de Bosques (INAB) y la Asociación Nacional de Municipalidades (ANAM) y al CACIF. ¿Qué implica esto?
Esto lo que implica es darle otra silla al sector privado dentro del Estado. Hablamos de más de 60 instancias del sector público en el que participa el sector privado. ¿Por qué tenemos que seguir en esta dinámica?
En la propuesta que hace el Ejecutivo, quienes quieran conformar el directorio no tienen que haber trabajado en entidades que puedan ser posibles usuarias del agua para sus actividades económicas. Eso me parece una limitación fundamental porque evita lo que pasa siempre: que «de ser regulado, me paso a regulador y después, regreso a regulado» y es lo que se llama la teoría de las puertas giratorias.
Por ejemplo, «hoy soy presidente de la Asociación Guatemalteca de Exportadores (AGEXPORT) y después soy ministro de economía» y eso es un conflicto de interés permanente hacia los intereses del Estado.
La de la UNE claramente no marca esa prohibición. Es más, abiertamente dice: «Participe dentro de la toma de decisiones». Una cosa es que participen otros actores, como las comunidades y el sector privado en un órgano consultivo o asesor, y otra cosa es que participe dentro del órgano que toma las decisiones. Es la iniciativa de ley clásica del sector privado y de los políticos clásicos que siguen perpetuando ciertos grupos de poder.
La agroindustria utiliza el agua de forma masiva, los datos del Instituto de Investigación en Ciencias Naturales y Tecnología (Iarna) así lo muestran. Solo el 10% del agua es utilizada para la agricultura familiar. Es absurdo poner a regular al que necesita estar regulado, porque está implementando prácticas violatorias de derechos humanos respecto a la gestión del agua y de cómo la manejan, sin contar derechos laborales, derechos de medio ambiente y un sin número de situaciones más.
Tenemos que aprender a tener una visión de Estado y esta no puede ser la visión de una parte del sector privado, ni tampoco de solo ciertas comunidades. La visión del país tiene que ser una gestión conjunta en la que nos podamos poner de acuerdo en ciertas cosas mínimas.
¿Ve reflejados los intereses particulares de algún sector privado en específico en la propuesta de la UNE?
Es un círculo vicioso. En el caos y en el desorden que tenemos hoy, quien tiene más poder es el que dicta las decisiones. Por ejemplo, hay incluso ya algunos desarrolladores (inmobiliarios) que en las escrituras para la entrada de nuevos apartamentos ya establecen que el agua no está incluida y que será a través de un proveedor privado.
En la agroindustria, es innumerable la cantidad de casos que existen donde se han realizado acciones que van en detrimento del acceso al agua de las personas y de las comunidades.
¿Cómo me voy a sentir yo como comunidad, si el sector privado está tomando decisiones en algo que a mí me afecta también? Cambiemos la película: si fueran dos representantes de 48 Cantones en el directorio de gestión del agua y nadie del CACIF, sería un escándalo absoluto y pegarían el grito en el cielo.
Yo creo que lo mejor acá es tratar de tener una entidad descentralizada, autónoma e irla profesionalizando poco a poco. Mi principal miedo, que yo creo que va a pasar, es que no se va a aprobar ninguna de las dos iniciativas.
Viendo la rapidez con la que la UNE presentó su propia iniciativa para contrarrestar la del MARN, ¿qué es necesario para que una Ley de Aguas realmente se le permita avanzar en el Congreso?
Yo creo que la iniciativa 6816 es una iniciativa que no es permitida por los actores de poder y por eso ni bien pasó un mes y ya se había presentado otra que sí podía serlo.
Una ley de aguas se convertirá en una propuesta «permitida» y se va a aprobar solo si cumple con los caprichos de los diferentes grupos de poder que tienen influencia en el Congreso y que sí marcan votaciones. Eso también me parece importante: pueden haber muchos grupos de poder en el país, pero al final grupos de poder que influyen en el Congreso no son tantos.
Veo que los tiempos políticos ya son distintos y, lamentablemente, creo que va a ser otra iniciativa más que va a quedar ahí para la posteridad hasta que alguien más presente otra y podamos entrar en este diálogo. Ese círculo vicioso en el que entramos en esta ley de agua es muy triste. Pero creo que es por eso: porque los actores de poder que sí tienen votos en el Congreso no quieren que la ley pase.
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Créditos:
Entrevista: Kristhal Figueroa
Fotografías y video: Christian Gutiérrez
Edición: Lourdes Álvarez Nájera




