Identidad de género
La ley contra las personas trans violaría leyes guatemaltecas y tratados internacionales
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En el Congreso de Guatemala se discute una iniciativa de ley que dejaría más vulnerable a la población trans en Guatemala. El proyecto, que según personas expertas, violaría convenios internacionales y varios artículos de la Constitución de Guatemala, ya recibió dictamen favorable de una de las tres comisiones del Congreso, el paso previo a aprobarse en el pleno del Legislativo.


El 12 de julio de 2021, un grupo de diputados del Congreso de la República presentó una iniciativa llamada “Ley para Garantizar la Protección Integral de la Niñez y Adolescencia contra Trastornos de la Identidad de Género”.

La iniciativa 5940, según sus ponentes, tiene como fin “garantizar a las niñas, niños y adolescentes el derecho a tener su identidad según su sexo al nacer” y evitar que sean expuestos a material “que promueva o muestre variaciones de la identidad del sexo de nacimiento o reasignación de género¨.

El proyecto de ley fue presentado por 16 diputados de diferentes bancadas. Entre ellos, Shirley Rivera, la actual presidenta del Congreso y Allan Rodríguez, exdirigente de ese organismo (ambos miembros de Vamos, la bancada oficialista); Ana Lucrecia Marroquín, de la bancada Valor y Manuel Conde, de la bancada PAN, quienes se han opuesto a la educación sexual y al aborto terapeútico para víctimas de violencia sexual.

Con esta iniciativa, los diputados conservadores pretenden reformar la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia y la Ley de Educación Nacional.

Califica como “trastorno” la identidad de género

Desde su título, el proyecto de ley califica como “trastorno” la identidad de las personas cuya expresión de género o conducta es diferente al sexo que les fue asignado cuando nacieron. Además, señala que con esta ley se pretende proteger a la niñez de las “variaciones de la identidad del sexo de nacimiento o reasignaciones de género”. 

Sobre esto, Andrea Villagrán, diputada de la bancada Bien, explica -en un análisis técnico que elaboró sobre esta iniactiva- que instrumentos como el Manual Diagnóstico de la Asociación Psiquiátrica Americana y la Clasificación Internacional de Enfermedades -CIE 11- de la Organización Mundial de la Salud “han reconceptualizado la disconformidad de género, eliminando los indicativos de trastorno, dado que no hay problema orgánico en sí mismo que indique problemas de salud mental en las personas transgénero“.

La OMS decidió retirar la transexualidad de la lista de enfermedades mentales en junio de 2018. En febrero de 2021, la Asociación Psiquiátrica Americana emitió una resolución en la que recordó su oposición a los esfuerzos para cambiar la identidad de género u orientación sexual de las personas. El fallo dice que “las identidades de género transgénero o no binarias son variaciones normales en la expresión humana del género”.

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Alejar a la niñez de contenidos sobre identidad de género

Los artículos 1 y 2 de esta iniciativa pretenden modificar los artículos 14 y 59 de la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia. Se busca agregar que los niños, las niñas y adolescentes tienen derecho a “que no sea vulnerada su identidad según su género sexual al nacer” y que se les proteja de contenido “que promueva o muestre variaciones de la identidad del sexo de nacimiento o reasignación de género”.

Para Visibles, una organización que busca la inclusión de las personas diversas en Guatemala y que ha solicitado archivar este proyecto de ley, estos artículos son preocupantes, pues “las personas trans y no binarias existen y, a menudo, se identifican de esa manera desde muy temprana edad”.

La respuesta del Estado hacia la niñez trans debería ser “la escucha, la comprensión, el amor incondicional y la aceptación”, dice la organización en un comunicado que publicó en diciembre de 2021.

De acuerdo con Karla Lemus, psicóloga feminista, la falta de contenidos sobre identidad de género, como propone la iniciativa, impediría que la niñez diversa tenga un sentido de pertenecia. Esto, porque el hecho de no conocer otras identidades que no encajan en los modelos femeninos y masculinos tradicionales implicaría sentirse ajeno a su entorno social.

“Los seres humanos somos entes sociales. Nos desarrollamos en comunidad. Nuestro fin es tener una relación afectiva significativa. Si el joven o la joven no desarrolla un sentido de pertenencia, no pertenecerá a una comunidad. Esto se traduciría en adultos aislados, en soledad. Y esto para un individuo conlleva un sinfín de costos psicológicos altísimos como la depresión, la ansiedad. Eso sólo en el tema patológico. Pero también podría suponer otro tipo de trastornos de afecto”, explica la psicóloga.

Según Lemus, la limitación de contenidos sobre la identidad de género también afectaría a los familiares de esas niñas y niños, pues no contarían con herramientas para su crianza.

Prohibido hablar de identidad de género en las aulas

Los artículos 4 y 5 de esta iniciativa pretenden que las instituciones a cargo de elaborar programas de educación sexual eviten incluir materiales relacionados con la “disconformidad de género” y la “reasignación de género”.

Esto busca modificar el artículo 76 de la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia y el artículo 2 de la Ley de Educación Nacional, que incluyen los deberes del Estado hacia la niñez en materia educativa y de salud.

De acuerdo con un análisis hecho por la Coordinadora Institucional de Promoción por los Derechos de la Niñez (Ciprodeni), esto supone negarle a la niñez el acceso a la información y aislarla del mundo.

La Ciprodeni además agrega que el apartado que habla de educación sexual contradice el artículo 12 de la Convención sobre los Derechos del Niño, que establece que “los Estados Partes (como Guatemala) garantizarán al niño que esté en condiciones de formarse un juicio propio, el derecho de expresar su opinión libremente en todos los asuntos” que le afecten.

El artículo 6 de la iniciativa prohíbe además “la difusión de materiales impresos o digitales referentes a la ideología de género en instituciones educativas dependientes” del Ministerio de Educación. Acerca de este punto, la diputada Andrea Villagrán critica que se busque hacer creer que existe “una suerte de conspiración que busca alienar a las y los niños para modificar su identidad”. 

Para la diputada esto demuestra “una ignorancia absoluta respecto a la identidad como proceso psicológico y de experiencia subjetiva, interna y propia de cada persona”, la cual “no puede ser influida a placer de una tercera persona”.

La iniciativa no detalla a qué se refieren con “ideología de género”. Este término, según la socióloga Silvia Trujillo, se ha utilizado por grupos conservadores como una estrategia discursiva para deslegitimar al feminismo y defender el modelo hegemónico de familia patriarcal y heterosexual. 

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Limitar a los medios y atentar contra la Constitución

El artículo 3 de este proyecto busca limitar a los medios de comunicación a través de la restricción de contenidos relacionados con la “reasignación de género“ y la “variación de la identidad sexual natural”. Según la iniciativa, los medios deben anunciar que este tipo de materiales no se recomiendan para personas de menos de 18 años.

De acuerdo con la iniciativa, que la niñez tenga acceso a estos contenidos podría tener “un efecto adverso” en su “desarrollo físico, mental o moral”.

Henry España, defensor de la diversidad sexual de la Procuraduría de Derechos Humanos, asegura que esto atenta contra el artículo 35 de la Constitución guatemalteca, que regula la libertad de pensamiento.

El artículo constitucional establece que es “libre la emisión del pensamiento por cualesquiera medios de difusión, sin censura ni licencia previa. Este derecho constitucional no podrá ser restringido por ley o disposición gubernamental alguna”.

Stephanie Rodríguez, abogada feminista especializada en derechos humanos, explica que, además, la iniciativa violaría el artículo 4 de la Constitución. “Este establece que todas las personas somos iguales y al declarar a la niñez trans como un peligro, se está vulnerando ese derecho”, dice.

Rodríguez también asegura que esta iniciativa violentaría el artículo 46, que regula la supremacía del derecho internacional. Según este apartado, en “materia de derechos humanos, los tratados y convenciones aceptados y ratificados por Guatemala tienen preeminencia sobre el derecho interno”.

Eso significa, de acuerdo con la abogada, que se estaría contradiciendo la Convención Americana de Derechos Humanos, que ya ha sido usada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos para proteger los derechos de las personas trans.  

Violación de estándares internacionales

Henry España, el defensor de las personas de la diversidad sexual de la PDH, comparte la opinión de la abogada Stephanie Rodríguez. “De ser aprobada esta iniciativa, pondría en riesgo estándares internacionales en materia de derechos humanos de las personas de la diversidad sexual, específicamente las personas trans”, dice.

España explica que esta iniciativa atenta contra un pronunciamiento que emitió en 2017 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) tras una solicitud de Costa Rica, identificada como opinión consultiva 24-17.  Ese país había solicitado que el tribunal internacional emitiera una resolución sobre los derechos de la población trans y de las parejas homosexuales.  

En su pronunciamiento, la Corte IDH explicó que la orientación sexual y la identidad sexual son categorías protegidas por la Convención Americana de Derechos Humanos. El tribunal enfatizó que esto implica que “ninguna norma, decisión o práctica de derecho interno, sea por parte de autoridades estatales o por particulares, pueden disminuir o restringir, de modo alguno, los derechos de una persona a partir de su orientación sexual, su identidad de género y/o su expresión de género”.

El tribunal además le recordó a los estados que suscribieron la Convención Americana de Derechos Humanos, entre los que está Guatemala, que “la falta de un consenso” en los países sobre el respeto de los derechos de las personas de la diversidad sexual no puede considerarse como un argumento válido para negarles o restringirles sus derechos humanos o reproducir la discriminación histórica y estructural que han sufrido.

Por esa razón, el defensor de las personas de la diversidad sexual remarca que “el abordaje de la identidad de género dentro de la iniciativa de ley es erróneo, pues lo aborda como una patología y no como un derecho reconocido dentro de la Convención Americana de Derechos Humanos”.

La antesala de la aprobación

La iniciativa de ley fue enviada a tres comisiones del Congreso: la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología; la Comisión de Derechos Humanos y la Comisión de Gobernación. Estas salas legislativas deben determinar si el proyecto debe conocerse y ser votado ante el pleno de diputados.

Hasta ahora, únicamente la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología ha emitido un dictamen a favor de la iniciativa. El 7 de diciembre de 2021, 15 de los 21 congresistas que la conforman votaron para que el proyecto sea conocido por todos los diputados.

La Comisión argumentó por mayoría que la iniciativa podría “mejorar los mecanismos para brindar protección a los derechos de los niñas y adolescentes respecto al auto identidad según su sexo al nacer”.  Además, la sala legislativa indicó que el proyecto de ley no contraviene marcos normativos vigentes.

Hasta la fecha, la Comisión de Derechos Humanos y la Comisión de Gobernación no han discutido la iniciativa, según Samuel Pérez y Bernardo Arévalo, diputados de la bancada Semilla y miembros de ambas salas legislativas. Los dos congresistas explicaron a Ocote que no se ha programado una reunión para conocerla.

La iniciativa únicamente podrá votarse en el pleno si las dos comisiones también emiten un dictamen favorable. Ya en el hemiciclo, los diputados podrán aprobar con 81 votos el proyecto de ley luego de tres debates.

Henry España, el defensor de la diversidad sexual de la PDH, asegura que de aprobarse la ley, es posible presentar un amparo o una inconstitucionalidad en contra de la misma. Es una opción que analizan actualmente desde la institución.

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